EL PAíS › LA SECRETARíA DE CULTO APELó UN FALLO SOBRE LA JUBILACIóN DEL EX OBISPO CASTRENSE ANTONIO BASEOTTO

Un tribunal de decisiones devotas

La Cámara de la Seguridad Social le otorgó una asignación vitalicia y anuló el decreto con el que Néstor Kirchner le había dado de baja. La fiscal no apeló, por lo que el obispo cobrará la jubilación. El Gobierno cuestionó la invalidación del decreto.

 Por Irina Hauser

“Los que escandalizan a los pequeños merecen que les cuelguen una piedra de molino al cuello y los tiren al mar”, dijo el ex vicario castrense Antonio Baseotto en 2005 para cuestionarle al ex ministro de Salud Ginés González García su política de repartir preservativos. La cita bíblica, que en la Argentina remite inevitablemente a los métodos de la última dictadura de arrojar a los detenidos desaparecidos al mar, le costó el cargo a Baseotto, quien reclamó en tribunales una asignación vitalicia prevista para ciertas jerarquías eclesiásticas a partir de que cumplen 75 años. Hace dos semanas la Cámara de la Seguridad Social le dio la razón y fue más lejos, ya que también anuló el decreto con que Néstor Kirchner le había dado de baja. Si fuera por la fiscal Lila Lorenzo, que decidió guardar silencio y no cuestionar la sentencia en nada, el caso ya se cerraría acá. Pero el Gobierno, que es parte en la causa a través de la Cancillería (Secretaría de Culto), intenta que eso no suceda y presentó ayer un recurso extraordinario para que sea la Corte Suprema la que tenga la última palabra.

La fiscal de Cámara que no apeló, Lorenzo, designada durante el gobierno menemista, es la que estaba asignada a este caso y tenía la facultad de recurrir ante la Corte. El plazo se le venció en los últimos días de septiembre, según confirmaron funcionarios del fuero. Su falta de acción reconoce los argumentos que utilizaron los jueces de la seguridad social Luis René Herrero y Juan Carlos Poclava Lafuente para darle la razón a Baseotto y habilitarle el cobro de la jubilación especial.

El asunto, de todos modos, todavía tendrá chances de ser resuelto por la Corte si la Cámara habilita el recurso extraordinario que presentó la Secretaría de Culto, que defiende la legalidad del decreto de remoción de Baseotto. Como no avanza sobre la polémica por la asignación vitalicia, todo hace pensar que tarde o temprano el ex vicario podrá cobrarla.

Baseotto tiene 81 años. Se ordenó presbítero en la Congregación del Santísimo Redentor en 1957 y en los ’80 sirvió en la diócesis de Añatuya, en Santiago del Estero, donde fue designado obispo en 1991, un cargo que ocupó por diez años. Fue nombrado obispo castrense en 2002, por acuerdo entre el papa Juan Pablo II y el gobierno argentino. Al año siguiente ya protagonizaba intensas gestiones ante la Corte Suprema para que declarara la constitucionalidad de las leyes de punto final y obediencia debida que impedían juzgar a los represores por crímenes de lesa humanidad. En diciembre de 2004, en una misa, Baseotto ensalzó la teoría de los dos demonios, al equiparar al terrorismo de Estado con la guerrilla: “Pedimos hoy por los que fueron víctimas del terrorismo y de la subversión: militares y civiles, de uno u otro lado. Hubo idealistas y delincuentes. Se trató de una guerra. Y en una guerra es imposible evitar losexcesos”.Acomienzosde 2005, Baseotto le mandó una carta al entonces ministro de Salud, González García, que generó gran revuelo porque le decía: “La multiplicación de los abortos que usted propicia con fármacos conocidos como abortivos es apología del delito de homicidio (...) Cuando usted repartió públicamente profilácticos a los jóvenes, recordaba el texto del Evangelio donde nuestro Señor afirma que ‘los que escandalizan a los pequeños merecen que les cuelguen una piedra de molino al cuello y los tiren al mar’”. A partir de estas afirmaciones, que para colmo estaban volcadas por escrito, el entonces presidente Kirchner firmó un decreto que dejaba sin efecto el acuerdo por el cual Baseotto había sido nombrado vicario de las Fuerzas Armadas. El decreto decía que “la justicia, la verdad y la memoria son valores centrales para el gobierno nacional y nuestra sociedad en la defensa de los derechos humanos y en el combate contra la impunidad, la injusticia y el ocultamiento de los crímenes aberrantes que asolaron nuestra Patria” y que la “las expresiones de Su Excelencia Reverendísima Monseñor Antonio Juan Baseotto, invocando alegorías de connotaciones muy fuertes en la República Argentina, que recuerdan los llamados ‘vuelos de la muerte’, reivindican los métodos de la dictadura, apoyan a los ejecutores de tales crímenes y lejos están de aportar a la paz y la armonía o al cuidado espiritual de las Fuerzas Armadas”.

Baseotto siguió ejerciendo a pesar del decreto en cuestión, pero sin percibir la remuneración habitual para su cargo. El 4 de mayo de 2007 presentó su renuncia por razones de salud, y le fue aceptada por Benedicto XVI. Ante la Justicia reclamó después los sueldos que no le habían pagado y la asignación mensual vitalicia para ciertos arzobispos y obispos entre los que están incluidos el vicario castrense, que dejen sus cargos por razones de edad o invalidez o que hubieran cumplido 75 años. Cuando se publicó en el Boletín Oficial la decisión de desvincularlo del cargo, Baseotto tenía 72 años. Su renuncia desconocía la existencia del decreto. Como obispo castrense percibía cerca del equivalente a 1500 dólares mensuales. La jubilación de por vida que le tocaría cobrar se redondearía, según fuente de la Secretaría de Culto, entre 13 mil y 15 mil pesos, aunque podría ser mayor.

En un comienzo, el Juzgado Federal de la Seguridad Social 9 sostuvo que no estaban dadas las condiciones para que Baseotto reclamara esa asignación vitalicia como obispo de las Fuerzas Armadas, pero sugirió que podía pedir otro beneficio, una asignación mensual para sacerdote. En cambio, la Cámara de la Seguridad Social sostuvo que sí estaba en condiciones de reclamar la jubilación especial como vicario. Primero, el tribunal sostuvo que las expresiones de Baseotto habían sido analizadas en una causa penal, que estuvo a cargo de María Servini de Cubría, quien determinó que no había apología del delito ni ninguna violación a la ley. Servini lo justificó: evaluó que lo que quería Baseotto era simplemente transmitir “malestar” citando un texto bíblico “por un tema que históricamente ha interesado a los integrantes y representantes del culto católico”. Servini dijo que no había alusiones o elogios de “ningún hecho criminal específico” (en alusión a los crímenes de la última dictadura) y por eso lo absolvió. Esto significó, para la Cámara, que “no había causa” para echar a Baseotto pero, además, el tribunal concluyó que el Poder Ejecutivo no tenía facultades para removerlo sino que requería la intervención de la Santa Sede. También sostuvo que no se cumplieron los procedimientos debidos ni la finalidad de “todo acto administrativo” de buscar “el bien común”. Con estos argumentos los jueces declararon la nulidad del decreto que ponía fin a la designación de Baseotto como obispo castrense, a pesar de que él no había cuestionado puntualmente esa disposición –según explicaron allegados a la causa–. Junto con eso ordenaronn el pago de todas las remuneraciones pendientes y dicen que se le debe reconocer la asignación mensual vitalicia al cumplir con los requisitos de edad y jerarquía.

La Cancillería (Secretaría de Culto) explica en su recurso que a diferencia de otros obispos castrenses, Baseotto tenía designación como subsecretario de Estado, lo cual explicaría que se lo haya echado por decreto. La presentación defiende esta teoría y pide que la Corte la evalúe. El interés de la sociedad, que debe ser defendido por los fiscales, se quedó en este caso sin nadie que lo represente. Así las cosas, la Iglesia Católica sigue sin revisar su participación en el terrorismo de Estado y una parte importante del aparato judicial todavía acompaña los principios y prácticas eclesiásticas que en democracia reverencian a la última dictadura.

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El ex vicario castrense Antonio Baseotto, quien quería tirar al entonces ministro de Salud al mar.
Imagen: Sandra Cartasso
 
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