EL PAíS › LOS CASOS Y LOS TIEMPOS PARA ACUSARLO

Nazareno tiene hasta julio

 Por Felipe Yapur

Por las repercusiones inmediatas en el Congreso, el mensaje del presidente Néstor Kirchner produjo un sacudón. Por lo pronto echó por tierra las dudas de algunos diputados justicialistas de la Comisión de Juicio Político, que planteaban la conveniencia de llevar primero al recinto el caso de Carlos Fayt antes que el de Julio Nazareno. Ahora todo cambió. Tanto que el propio presidente de la comisión, el justicialista Ricardo Falú, ya anunció que el cuerpo que conduce avanzará hoy sobre la causa Magariños. En ella el supremo cuestionado está acusado por mal desempeño. “De no mediar inconvenientes, el juicio de Nazareno llegará al recinto en julio”, aseguró el legislador tucumano.
Más allá de las razones que provocaron la embestida del Gobierno, el discurso del Presidente terminó reforzando la estrategia planteada por la diputada Elisa Carrió. La jefa del ARI, desde que la comisión volvió a reunirse, propuso avanzar contra Nazareno si era que realmente se pretendía generar un hecho político y dejar de lado a Carlos Fayt, como proponían sus colegas justicialistas. La chaqueña propuso reflotar las causas del año pasado y agregar otras, entre las que figura justamente el caso del juez Héctor Mario Magariños.
Este magistrado fue sancionado por Nazareno en setiembre de 2002 por haber emitido una opinión jurídica ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos sobre un caso judicial definitivamente resuelto en la justicia local. El exceso de la Corte al sancionar a un magistrado desconocería las facultades disciplinarias que respecto de los jueces le corresponden exclusivamente al Consejo de la Magistratura. Según Falú, este caso es de “resolución sencilla” y por eso se animó a pronosticar que el próximo julio se podría estar tratando en el recinto.
No son los únicos casos que el ex socio del estudio de abogado del senador Eduardo Menem tiene en la comisión. Hay por lo menos cuatro más:
- Caso Meller SA: Mediante sentencia del 5 de noviembre del 2002, el juez Nazareno, junto a otros ministros, admitió lo que estimamos es un despojo al patrimonio estatal. La Corte Suprema convalidó el reclamo de 29 millones de pesos por esta contratista de la ex ENTel, dando por válida la resolución 146/96 de la que por aquel entonces era su liquidadora, la ingeniera María Julia Alsograray. Tanto la Sigen como el procurador del Tesoro de la Nación habían señalado la nulidad absoluta e insanable de dicha resolución basado en que la empresa ya había percibido el saldo de la liquidación final por todo el contrato y renunciado a todo reclamo relacionado con la publicidad de las guías telefónicas editadas en los años 1988, 1989 y 1990.
- Caso Macri: Esta acusación surge a partir de un fallo de agosto de 2002 que vinculó dos causas distintas contra los directivos de Sevel y Opalsen que se tramitaron en jurisdicciones separadas. Una por “evasión fiscal” se sustanció en el juzgado de Capital Federal y el proceso quedó extinguido luego de que Sevel pagara la pretensión fiscal por lo que los imputados fueron finalmente sobreseídos. Mientras que la tramitada por el delito de contrabando fue radicada en el juzgado federal de Concepción del Uruguay. Con la causa por evasión subsanada en su favor, los imputados intentaron hacer recaer el beneficio de cosa juzgada sobre la causa de contrabando. La Cámara de Casación revocó rechazos previos y admitió el pedido de los acusados. Esto provocó un recurso ante la Corte que no lo admitió invocando circunstancias formales consagrando la impunidad.
- Caso Salomoni: Así como lo había hecho en la causa armas, amedrentando a través de los considerandos de sus fallos a funcionarios del ministerio público y jueces inferiores, en este causa que actualmente se analiza en la Corte, vuelve a incurrir en tal conducta inadmisible, en lugar de dar curso de las actuaciones que juzguen inapropiadas al órgano pertinente, esdecir, al Consejo de la Magistratura, para investigar si encuadran en las previsiones del Código Penal. Esta es la obligación de la Corte que le fija el Código de Procedimiento Penal de la Nación, y no la de tratar de arrogarse mediante sus fallos amenazantes de facultades de las que carecen.
- Caso Baseotto: Es una causa que involucra además de Nazareno también a los supremos Eduardo Moliné O’Connor, Augusto Belluscio, Juan Carlos Maqueda, Carlos Fayt, Guillermo López y Antonio Boggiano. La presentación, realizada por el abogado Eduardo Barcesat, sustenta su pedido en una reunión que los cortesanos mantuvieron con el obispo castrense Antonio Baseotto, donde el prelado solicitó una pronta declaración de constitucionalidad de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final. Barcesat consideró como impropia e inadmisible la decisión de la Corte de recibir a un miembro obispo que “ni es parte de la causa ni tampoco puede representar a la Iglesia dado el cargo inferior que ocupa”.

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