SOCIEDAD › ANALIZAN UNA CONDENA A UNA MUJER POR “NO TENER CORAJE”

Un fallo moral en la picota

Casación bonaerense analiza si absuelve a una mujer que tuvo un hijo tras ser violada, amenazada y encerrada por el padre del niño. Dos juezas la acusan de no haber tenido coraje de evitar que el padre casi matara a su hijo.

 Por Horacio Cecchi

La sala IV de Casación bonaerense analiza la absolución de una mujer condenada a diez años por tentativa de homicidio contra su hijo. La sentencia recurrida por el defensor general ante Casación, Mario Coriolano, es insólita: las juezas del Tribunal Oral 2 de La Plata, Liliana Torrisi y Silvia Hoerr, que dieron su voto afirmativo, la condenaron “por no tener el coraje” de evitar los golpes que le propinó el padre del niño. Aunque insólito, el fallo no es inédito: la condena moral a las madres que no alcanzan el bronce es casi un manual de estilo en la Justicia. Una semana antes de que ingresara a Casación, la Corte Suprema revocó la condena a perpetua a una mujer en Córdoba por no utilizar la perspectiva de género.

Concretamente, en el caso de M.B., Coriolano sostuvo que la instrucción y luego el juicio que derivó en la condena fueron realizados sin perspectiva de género. Sostuvo que en la causa existía “prueba suficiente que demostraba la relación de dominación en la que se encontraba sumida M., propia del sistema patriarcal. De ello dieron cuenta también las presentaciones realizadas por la Comisión por la Memoria y el Observatorio de Violencia de Género, los que no fueron valorados por las juezas que decidieron por mayoría condenarla.”

El contexto que no fue tenido en cuenta es ilustrativo: M. fue violada a los 16 años por Paulino Ortega. La adolescente quedó embarazada y de esa violación nació su hijo. Ortega, quien tuvo varias denuncias por violencia presentadas por el padre de la joven, se fue a vivir a Argentina y cuando el niño tenía alrededor de un año, volvió a Bolivia y aprovechó cuando no estaban los padres de M. para arrastrarla bajo amenazas, cruzar la frontera e instalarse finalmente en Melchor Romero, La Plata. “Existen mecanismos que permiten reforzar el control que ejerce el hombre sobre la mujer, tales como el aislamiento y el impedirle disponer de los recursos económicos, los que hacen que la mujer sea más dependiente, y no le permita salir de esa situación. En el caso de M. se ven claramente en la migración desde Bolivia a la que su pareja la obligó, lo que produjo que se separara de su grupo familiar, de su entorno, haciéndola aun más vulnerable. Una vez en la Argentina, M. no conocía el lugar donde vivía, lo que le impedía saber donde acudir para pedir ayuda, y su pareja no la dejaba salir de la casa, vincularse con los vecinos ni comunicarse con su familia.”

Coriolano agrega que M. “conocía las consecuencias de enfrentarse a su agresor.”

Cuando Ortega salía, la dejaba encerrada con candado y le había quitado el celular. Muchas veces volvía ebrio y la violaba; la mantenía amenazada.

El 20 de agosto de 2013, cuando el niño tenía 14 meses, lo llevaron al hospital desmayado a golpes. La pareja quedó detenida. El niño quedó internado en terapia y lograron salvarle la vida. Elc aso llegó a juicio oral ante el Tribunal Oral 2 de La Plata.

La sentencia tuvo lugar el 28 de octubre de 2015. En el caso se presentaron como amicus curiae la Comisión Provincial por la Memoria y el Observatorio de Violencia de Género. Las recomendaciones del OVG y la CPM, en las que se indicaba la violencia a la que estaba sometida M. y su imposibilidad para liberarse del sometimiento de todo tipo que sufría no fueron atendidas por las dos juezas mujeres, mientras que el juez Claudio Bernard tomó esos lineamientos y los de la defensa y votó la absolución. “…La incorporación de hechos pasados contribuye a explicar las razones de la pasividad de la mujer frente a los peligros que representan las agresiones en su contra o de sus hijos”, sostuvo Bernard. “…distintos estudios sobre violencia basados en la psicología del aprendizaje nos explican que la violencia contra la mujer genera mecanismos de adaptación que se traducen mediante una inacción –conocida como ‘indefensión aprehendida’–, resultante de una estrategia de supervivencia desarrollada por la mujer frente a la realidad que vive. No puede quebrar el ciclo de violencia y construye una defensa psíquica para seguir adelante. La mujer niega y minimiza los maltratos”, agregó el juez.

La investigación y el juicio los llevó adelante el fiscal Martín Chiorazzi, el mismo que en mayo pasado había logrado la condena de la travesti Claudia Córdova por tener 1,5 gramos de cocaína con el agravante de ser peruana. Chiorazzi primero acusó a la pareja por intentar matar a golpes al niño, sin poder determinar cómo ocurrió, pero después, reconoció que el día en que Elías quedó desmayado a golpes Maritza se encontraba lavando ropa en la casita del fondo, mientras que el niño se encontraba con Ortega en la casa del frente, tres departamentos mediante, y probablemente como insistió la mujer, no debía haber escuchado los gritos. Igual, pidió su condena pero por omisión de su deber de cuidar al niño. No le daban los metros. Pidió seis años y seis meses. Torrisi y Hoerr decidieron ir por más, levantaron el índice acusatorio contra la mala madre y la condenaron porque “el coraje que la imputada demostró para huir de su hogar (...) no fue el mismo coraje que tuvo al momento de evitar que su pequeño hijo fuera víctima de las graves lesiones (...)”. A él lo condenaron por los golpes, a ella, porque no tuvo el coraje de inmolarse en su propio femicidio.

La fiscal de Casación, Daniela Bersi, adoptó el criterio planteado por Coriolano y pidió la absolución. Ahora, los jueces Carlos Natiello, Mario Kohan y Ricardo Maidana deben decidir si absuelven a M.B., o confirman la condena.

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Los jueces del Tribunal Oral 2 platense, Claudio Bernard, Liliana Torrisi y Silvia Hoerr.
Imagen: Gentileza El Día de La Plata
 
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