SOCIEDAD › DIEZ AÑOS DE PRISION A UN HOMBRE POR GOLPEAR Y VIOLAR A SU ESPOSA
Cuando un abuso no queda en familia
La Justicia consideró agravante el vínculo, pese a que el matrimonio estaba separado. Los especialistas consideran inédito el fallo: aunque es común, la violación en una pareja raramente es denunciada. Y menos condenada
Por Mariana Carbajal
En un fallo inédito, un hombre fue condenado a diez años y ocho meses de prisión por golpear y violar a su esposa, de la que estaba separado de hecho y con la que tiene dos hijos. La sentencia fue dictada por el Tribunal Oral Nº 5 de la Capital Federal. Aunque la violación dentro del matrimonio suele ocurrir en el marco de un vínculo violento y está penada por la ley –desde hace pocos años–, no es un delito que se denuncie con frecuencia. Es, además, difícil de probar, por la habitual ausencia de testigos. A lo que se suma que muchas veces los jueces dudan de que la mujer no haya dado su consentimiento a la relación sexual. Por esas razones, expertos en violencia doméstica consultados por Página/12 destacaron la importancia del fallo. “Es ejemplar”, opinó Carmen Storani, titular de la Dirección de la Mujer del gobierno porteño. “Me congratulo del fallo”, señaló Eugenio Freixas, a cargo de la Oficina de Asistencia a la Víctima de Delitos de la Procuración de la Nación. “¡Es fantástico!”, celebró Leonor Vain, abogada, especializada en Derecho de Familia. “Debería ser imitado por otros tribunales”, apuntó la diputada del ARI Marcela Rodríguez.
Para la denunciante, la sentencia que dejará a su ex por un largo tiempo tras las rejas resultó un gran alivio. “Representa una tranquilidad, poder vivir tranquila porque estos años fueron terribles. No me ha dejado vivir tranquila ni a mí, ni a mis hijos ni a mi familia. Me mudaba de casa y rompía la entrada, rompía todos los vidrios”, relató María González. Como le sucede a un gran porcentaje de mujeres víctimas de malos tratos por parte de sus parejas al separarse, María siguió sufriendo el acoso de su ex. Al punto de que por meterse por la fuerza en la casa de su hermana, en Mar del Plata, estuvo detenido casi cinco meses, según recordó ayer (ver aparte).
El acusado, de 33 años, cuya identidad no se difundió, fue condenado por los delitos de abuso sexual con acceso carnal, lesiones leves y privación ilegítima de la libertad, en concurso real y con el agravante del vínculo. Pero como el condenado registraba antecedentes penales por otros episodios de violencia –incluso con otra ex pareja–, la pena le fue unificada en 10 años y 8 meses de prisión. El fallo es del 15 de junio pero recién trascendió ayer. Según informaron fuentes judiciales a este diario, ya fue apelado ante la Cámara de Casación Penal. La sentencia fue dictada por los jueces del Tribunal Oral Nº 5 Rafael Oliden, Gustavo Valle y Fátima Ruiz López.
“El fallo es excelente y muestra que algunas cosas en la Justicia están cambiando. Debe ser dado a conocer para alentar a denunciar a otras mujeres muy aterrorizadas que viven situaciones similares”, evaluó la socióloga Silvia Chejter, quien ha investigado el periplo judicial de las denuncias de violación.
La última pesadilla de María González ocurrió en la madrugada del 18 de octubre de 2002 en un albergue transitorio del barrio porteño de Las Cañitas. Por entonces, la pareja estaba separada de hecho desde hacía medio año y hacía varios meses que el marido se había ido a buscar trabajo a España. Pero sorpresivamente regresó y la fue a buscar a la salida de su trabajo, en un restaurante. “Se me apareció esa noche en el restaurante, me amenazó y me obligó a acompañarlo... yo le tenía terror... cuando pasamos por casa me negué a entrar, por mis hijos y por mi mamá, y seguimos caminando”, agregó. Mediante amenazas y golpes, el marido la llevó a la fuerza al hotel, donde la violó y le propinó trompadas en el rostro hasta hacerla sangrar. “Yo estaba paralizada, subimos, me violó y me siguió golpeando. Había cerrado la puerta con llave y yo no pude escaparme, al otro día me hizo poner los anteojos negros al salir”, recordó con la voz entrecortada por el llanto.
Cuando pudo retornar a su casa, la víctima buscó las denuncias por violencia doméstica que ya había entablado contra su marido y relató lo sucedido a la policía, que detuvo a su ex pareja horas más tarde, en lascercanías del shopping Solar de la Abadía, en Belgrano, adonde habían quedado en encontrarse para que él viera a los chicos.
El drama de María es el de muchas mujeres que no logran librarse de la violencia de sus maridos o concubinos ni aún separándose. Incluso, con la separación, su situación puede volverse más riesgosa si no encuentran la protección adecuada: en los países donde hay estadísticas serias al respecto, como España, se ha encontrado que el mayor porcentaje de asesinatos de mujeres por parte de sus parejas se produce durante la separación o en las etapas posteriores a la ruptura, reveló Jorge Corsi, coordinador de grupos de hombres violentos en el Centro Integral de Salud Psicológica Masculina. Las víctimas enfrentan este cuadro muchas veces con una absoluta indefensión, al menos en el ámbito de la Capital Federal, ya que la Ley 24.317, de violencia doméstica, no protege a las mujeres separadas. Esa figura sí está prevista en la legislación bonaerense. “Cuando se les pide a algunos jueces medidas cautelares previstas en la ley, como prohibirles a los golpeadores que se acerquen a 100 metros de las víctimas, no las dan porque interpretan que no corresponde si no están casadas, cuando el peligro y el maltrato pueden ser el mismo o peor”, indicó la abogada Leonor Vain, especializada en Derecho de Familia.
“Si no es el primer fallo con estas características, al menos es excepcional”, comentó Vain. En primer lugar, no es frecuente que se denuncie la violación marital. “Para la víctima es más fácil denunciar el maltrato físico sufrido de parte del cónyuge, pero no la violación porque entran en juego diversas cuestiones, aunque se sabe que con el maltrato muchas veces hay violación. A las mujeres les resulta más fácil denunciar la violación cuando el agresor es un desconocido”, aclaró Chejter, titular del Centro de Estudios Cultura y Mujer (Cecym). En una investigación realizada años atrás, Chejter analizó las denuncias y fallos judiciales por violación en la década del ochenta: “Recuerdo algunas condenas a maridos pero no son frecuentes y menos aún con una pena de 10 años. Mientras víctima y victimario están casados a la Justicia le resulta difícil aceptar la existencia de la violación”, señaló.
El hecho de que no se denuncie no significa que no exista. La violación marital “es mucho más usual de lo que sale a la luz porque dentro de la concepción de la violencia hacia la mujer se incluye la disposición del cuerpo, ya sea estando casados o separados; es una cuestión cultural aún muy fuerte”, destacó Freixas, a cargo de la Oficina de Atención a la Víctima de la Procuración. “Me congratulo con el fallo. Debe ser uno de los primeros en ese sentido”, agregó.
Las violaciones de parte del marido o ex pareja son difíciles de probar. A la ausencia de testigos, propia de una situación de intimidad, se suma que “la mujer suele ser doblemente victimizada porque no se le cree”, indicó la jueza Lucila Larrandart, vicedirectora del Departamento de Derecho Penal de la Facultad de Derecho de la UBA. “Lamentablemente, en la Justicia, se pone en crisis la versión de la víctima: se le presta atención en cuanto al maltrato físico pero no se le da credibilidad cuando hay un ataque a su integridad sexual”, coincidió Freixas.
Por esta razón, la diputada Marcela Rodríguez (ARI) destacó como “muy positivo” que el tribunal haya “rescatado el testimonio de la víctima” como prueba. “Este hecho debería ser imitado por otros tribunales. Es bueno empezar a contar con fallos que aplican una pena importante y significativa a los casos de violación marital”, añadió. Como asesora de Elisa Carrió, Rodríguez fue autora de la reforma al capítulo de delitos sexuales del Código Penal: hasta esa modificación, sancionada en 1999, la violación en el matrimonio no era delito.
Para Carmen Storani, “es un fallo ejemplar”. “De acuerdo a mí conocimiento no ha habido antes una condena a un cónyuge por violación. Este tipo de fallo acompaña el trabajo que vienen haciendo las ONG del Movimiento de Mujeres, mujeres políticas y funcionarias como yo, que planteamos que la violencia doméstica debe ser incorporada a la agenda pública. De algunaforma, el Poder Judicial está más sensibilizado ante situaciones de violencia en las que una mujer es víctima de un delito sexual”, evaluó Storani, abogada y directora de la Mujer del gobierno porteño. La funcionaria destacó el hecho de que la víctima, en este caso, se haya animado a denunciar, “sabiendo que se exponía ante un tribunal oral y los prejuicios que persisten en la Justicia” en relación con estos casos. Para las víctimas –agregó– un fallo condenatorio es “sumamente importante” porque implica una “reivindicación”, ya que suelen sentirse “culpables y avergonzadas”.