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Para la Cámara, Liporace benefició a dos imputados sin fundamentos

Son dos empleados de la empresa TAS, encargada de vigilar los equipajes embarcados en SW. El juez les había dictado la falta de mérito. El tribunal, en otro duro dictamen, le anuló el fallo.

Es la primera decisión fuerte contra Top Air Security SRL (TAS), la empresa que se dedicaba a controlar equipajes para Southern Winds, en el escándalo de las narcovalijas que salieron de Ezeiza. La sala B de la Cámara Penal Económica declaró la nulidad de las “faltas de mérito” que habían dejado transitoriamente fuera de la causa a dos empleados de la compañía a cargo del control con rayos X de los bultos despachados. Con una resolución unánime, otra vez el tribunal vuelve a golpear al juez de Instrucción, Carlos Liporace. El magistrado había considerado que “había pruebas pendientes de producción”. Para la Cámara, su resolución resultó “absolutamente nula y carente, por completo, de las características de un acto jurídico válido”. Es la primera “nulidad” resuelta contra el juez y ahora la Cámara puede “sancionarlo” o “apartarlo” de la causa.
Desde diciembre del año pasado, la fiscal María Gabriela Ruiz Morales había pedido indagatorias y detenciones para los tres empleados de TAS que operaron el scanner por donde pasaron las cuatro valijas con 60 kilos de cocaína el 16 de septiembre. La fiscal los consideró corresponsables del embarque junto a los empleados de la base de SW en Ezeiza que, según se presume, siguieron las instrucciones de Walter Beltrame para enviar las valijas a España.
Aquellos empleados eran Emanuel Lucas Denegri, Martín Facundo Lisandro Orellana y de Maximiliano José Wilsen. Liporace les dictó la falta de mérito después de escuchar sus descargos. Entre ellos, aquello de que no estaban capacitados para detectar droga porque sólo habían completado el curso contra explosivos. La fiscalía apeló la resolución y el nuevo dictamen de la Cámara respaldó parte de ese pedido. Aunque no se pronunciaron aún sobre la situación de uno de los tres empleados, la nulidad dictada por los jueces Carlos Pizzatelli, Marcos Grabivker y Roberto Hornos alcanza a Denegri y Orellana.
Según los magistrados, “Liporace no hizo ninguna evaluación de los descargos para declarar aquella falta de mérito”. Para los camaristas, el juez “tampoco mencionó qué pautas de valoración utilizó para evaluar las pruebas que se les exhibieron a los nombrados”. Y en la brevísima resolución cuestionaron los dos argumentos centrales de Liporace para disponer la medida: que existían pruebas pendientes de producción y que debía escuchar a otros imputados. Según la Cámara, “esa sola mención no constituye ningún fundamento para resolver de acuerdo al derecho”. Y como entendieron que la sentencia se dictó “sin fundamentos” o sin la correlación “razonada” de acuerdo al derecho, aplicaron la nulidad.
El destino de los empleados de TAS ahora es incierto. En la causa aún no está probado si sabían o conocían con certeza el contenido del narcoembarque, pero los coletazos de la investigación bastaron para que el nuevo interventor de la Policía de Seguridad Aeroportuaria, Marcelo Sain, decidiera sacar a la compañía de Ezeiza. Tal como lo publicó este diario, dos ex represores de la dictadura calan fuerte en el manejo de esta empresa de control de aeropuertos y de servicios que abastecía a SW y a otras 12 aerolíneas. Ellos son el ex penitenciario Vicente Damasco, hombre de Alfredo Yabrán, y el ex marino Adolfo Donda Tigel, preso por la causa Esma, cuyo hijo Santiago Adolfo forma parte del directorio de TAS.
Liporace deberá evaluar la situación procesal de Orellana y de Denegri, ahora ex empleado de TAS y, según la compañía, empleado de la flamante Policía de Seguridad Aeroportuaria. La nulidad lo obliga a “dar marcha atrás con todo”, indicó una fuente del fuero: puede procesarlos, sobreseerlos o dictarle nuevamente la falta de mérito pero con los argumentos que, según la Cámara, estuvieron ausentes.

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Los empleados de TAS no vieron a través de los rayos X la cocaína despachada a Madrid.
 
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