SOCIEDAD › FUE ABSUELTO UN ACUSADO POR LA MUERTE DE SU NOVIA
Sin culpas por el afrodisíaco
@Y.J., un chino acusado de homicidio culposo por la muerte de su novia, Li Dan Ni, a la que le había proporcionado un afrodisíaco, fue absuelto por la Justicia Correccional. Y.J. había adquirido el producto, afrodina -clorhidrato de yohimbina– en una farmacia. Pero en lugar de entregarle cápsulas, le dieron la droga en su estado puro, sin contraindicaciones y en una cantidad excesiva, que provocó la muerte de la mujer. En la causa, también fue absuelta la directora técnica del comercio, mientras que el dueño permanece prófugo.
En febrero del ‘96, Y.J. leyó en un diario el aviso sobre la venta de afrodina como “ayuda durante las relaciones sexuales”, y un número telefónico. Ese mes, Li Dan Ni, “Angélica”, cumplía años e Y.J., dispuesto a festejarlo, acudió a una farmacia para comprar el producto. Usualmente, la afrodina es vendida en cápsulas, pero ese día una persona del local a la que Y.J. no supo identificar le vendió dos frascos conteniendo un polvo blanco por los que pagó 20 pesos. Después se supo que aquel polvo era la droga en su estado puro.
El 21 de febrero de ese año, Y.J. y Li Dan Ni concurrieron a un albergue transitorio, donde ambos consumieron el contenido de cada frasco. Pero a Y.J. el sabor le resultó desagradable y lo escupió. La pareja mantuvo las relaciones sexuales y luego se durmieron. Pero al despertar, Y.J. observó que su novia se encontraba descompensada y, con ayuda del conserje, la llevaron a su auto, para luego trasladarla al Hospital Alemán. Tras los primeros auxilios, una enfermera les permitió retirarse. Pero poco después, Li Dan Ni debió ser internada nuevamente, al sufrir una encefalopatía hipóxica que derivó en un paro cardiorrespiratorio, que le provocó la muerte, el 25 de febrero.
Y.J. y la directora técnica de la farmacia, C.C.S., fueron acusados de homicidio culposo. Durante el juicio oral, el juez correccional Luis Schelgel consideró que el acusado no había cometido delito, ya que había comprado la droga en una farmacia en la que en ese momento no se encontraba trabajando ninguno de sus responsables, o sea que el local no estaba en condiciones de vender más que productos de perfumería y medicamentos de circulación libre.
Respecto de la directora técnica, el juez tampoco la encontró culpable, ya que no se encontraba en el establecimiento en ese momento y, de haber estado presente, le “hubiera sido imposible –señaló el fallo– sospechar la maniobra, de quién entregó la droga”.
Ambos, Y.J. y C.C.S., resultaron absueltos por Schelgel. Lo que aún quedó por definir es la responsabilidad del dueño de la farmacia: está prófugo.