Viernes, 28 de marzo de 2008 | Hoy
VIOLENCIAS
Karina Germano fue condenada en Brasil por su supuesta participación en un secuestro extorsivo. Aunque en el curso del juicio fue exculpada por sus compañeros de causa, aunque la víctima nunca la vio, aun cuando se reconoció el carácter político de los hechos, Karina recibió una pena de 30 años. El ex presidente Néstor Kirchner impulsó su traslado a Argentina, pero aquí le niegan los derechos básicos que sí se le otorgaban en Brasil.
Por Roxana Sandá
La voz de Karina Germano suena profunda y segura; es una especie indefinible de cante español y melodía colombiana que le impregnaron en el tono el exilio obligado a Barcelona en 1976, tras el secuestro y desaparición de su padre, el militante popular Rodolfo Germano, y su travesía por Latinoamérica como luchadora social. Habla casi sin respirar: de la carrera de socióloga, del centro universitario que organizó junto con otras compañeras, de talleres culturales y planes de educación. Si no fuera por la oficial penitenciaria que pone fin al diálogo, nadie podría imaginar que Karina relata sus días desde el penal de Ezeiza, donde cumple condena por una causa fraguada en Brasil en 2002, y que determinó la intervención del ex presidente Néstor Kirchner para su traslado a la Argentina.
Lo paradójico del caso es que la decisión política terminó asfixiada por las madejas jurídicas, que hoy niegan el beneficio de las salidas transitorias a las que Germano debería haber accedido desde diciembre de 2006. El despropósito es mayor aún si se advierte que quien niega ese derecho es el juez Sergio Delgado, miembro del Consejo de Presidencia de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos, por entender que el traslado a la Argentina ocurrió 49 días antes del tiempo estipulado para ese beneficio, aunque sus considerandos deban regirse según la ley de ejecución penal brasileña. Pero el caso se estrella contra cualquier análisis de sentido común cuando se entiende que Delgado basa su decisión en la negativa del juez de Ejecución Penal Oscar Hermelo, el mismo que acusó a Delgado en 2004 por otorgar salidas transitorias o extraordinarias a una gran cantidad de presos; el mismo que figura en las listas de la Conadep por su actuación en la Escuela de Mecánica de la Armada con el seudónimo “Vaca”, encargado de la compra y venta de las casas y los bienes saqueados en los secuestros. Y el mismo que trabajó en la Dirección de Talleres Automotores de la ESMA bajo las órdenes de Adolfo Scilingo, apenas a 150 metros del casino de torturas del Grupo de Tareas 3.3.2, precisamente el responsable de la desaparición de Rodolfo Germano.
Días atrás, la diputada kirchnerista Victoria Donda exigió que se cumpla con el beneficio de las salidas transitorias de Karina. Durante una conferencia de prensa en el Congreso, reclamó “que pueda gozar de las salidas de trabajo y estudio que le corresponden” y lamentó que el juez Delgado se hiciera eco del dictamen de Hermelo, “quien integró durante la dictadura militar el Grupo de Tareas 3.3.2, de la ESMA, y reciclaba los bienes de los militantes desaparecidos a favor de sus camaradas genocidas”. Junto con la legisladora se encontraba Hilda López, la madre de Karina, fortaleciendo el pedido. “Nuestra lucha es para que mi hija pueda obtener la salida transitoria, pero también para que el mundo sepa que no es culpable del delito que le imputan. Elevamos un pedido a la Cámara de Casación Penal para que se expida con urgencia, luego de que Delgado negara el derecho a las salidas. Pero también sabemos que Casación puede demorar años hasta resolver, y esa situación es desesperante.”
Otras voces, como la del secretario de Derechos Humanos Eduardo Luis Duhalde, sentaron argumentos en un amicus curiae, que favorezca la petición del beneficio, pero Germano les teme a los tiempos y a los pronunciamientos. “Que Casación diga sí es una esperanza milagrosa y además pueden pasar hasta tres años antes de una respuesta. Es increíble que si existió voluntad política para traerme con el fin de mejorar mis condiciones de detención, ahora el Poder Judicial me enrede en formalismos burocráticos de interpretación dudosa y se me condene a una pena más larga que la establecida.”
La realidad comenzó a desbarrancarse el 1º de febrero de 2002, cuando cinco militantes latinoamericanos entre los que se encontraban Mauricio Norambuena, del Frente Patriótico Manuel Rodríguez (FPMR), y Karina, fueron detenidos en la localidad de Sierra Negra, en San Pablo, acusados de participar en el secuestro del empresario brasileño Washington Olivetto. Un tribunal que reconoció el carácter político de los hechos los condenó a 16 años de prisión pero, al año siguiente, el Tribunal Superior de San Pablo rechazó esos fundamentos y aumentó las penas a 30 años, bajo un régimen severo. Pese a que Norambuena manifestara que la presencia de Karina en la casa donde los detuvieron fue circunstancial y no existieron elementos que la implicaran en el hecho, la Justicia brasileña la condenó por secuestro y tortura, aunque el propio Olivetto declaró que jamás sufrió agravio alguno.
“El juez Delgado niega las transitorias porque dice que ella vino al país 49 días antes de cumplirse la sexta parte de la condena. ¡Pero si fue trasladada de una cárcel a otra! Siempre estuvo detenida –explica Hilda–. Y además su vida corría riesgo en Carandirú: tuve que elegir entre salvar a mi hija o traer un cadáver. La elección era obvia.”
El 2006 estuvo marcado por situaciones “de profunda violencia en las cárceles paulistas, causada por los conflictos entre el Primer Comando de la Capital (PCC) y el gobierno estatal”, recuerda Karina. “El segundo domingo de mayo, en ocasión de la visita del Día de la Madre, estalló un motín del que Hilda (López) salió con un arma en la sien, en manos de personal del Servicio Penitenciario Brasileño, mientras presenciaba cómo se moría desangrada por una bala una compañera que estaba tirada en el suelo.” Frente a este panorama, su madre viajó de inmediato a Buenos Aires para solicitar ayuda al presidente Kirchner, que dispuso el retorno urgente de Karina de acuerdo con el tratado bilateral sobre presos que existe entre ambos países. Esto provocó que Interpol la trasladara el 9 de noviembre de 2006, es decir 49 días antes de cumplirse el sexto necesario para acceder a las salidas transitorias.
Según la jurista brasileña Juliana Armede, “la Argentina no puede cambiar el tiempo de la pena” y debe ajustarse a la jurisprudencia de Brasil. “Si Karina Germano tiene un derecho, se lo debe respetar porque Brasil es el país remitente y ella fue condenada bajo sus leyes.” Según la ecuación, entonces, “ella no necesita más tiempo presa en la Argentina para obtener su derecho de progresión, si es que ese tiempo se cumplió: es única la prisión y es única la pena”.
¿Qué significa hoy ser presa política en la Argentina y en la cárcel de mujeres de Ezeiza?
–La situación de cualquier presa o preso política nunca es sencilla ante las leyes. Estamos atrapadas por este gran circo jurídico que vacila frente a los culpables y continúa encarcelando a las víctimas de la exclusión social. Por supuesto, el (para ellos) “disvalor” de ser mujer paga un precio de mayor persecución y encarnizamiento. Y, sin duda, la realidad de agresiones y discriminación que padecen las mujeres en el afuera se derrama con una violencia infinitamente mayor sobre las que estamos detrás de las rejas.
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