Miércoles, 30 de diciembre de 2009 | Hoy
17:32 › DISPUSO SUSPENDER SEIS ARTíCULOS
Un juez federal de San Juan respondió a un planteo de inconstitucionalidad presentado por un conglomerado de medios. Leopoldo Rago Gallo dispuso suspender la aplicación de seis artículos de la nueva Ley de Comunicación Audiovisual. El Grupo, propietario del Canal 8 de Mendoza, del cable Supercanal y del Diario Uno, ya había conseguido otro fallo favorable en la misma ciudad.
La decisión judicial fue la cuarta en el país, ya que anteriormente se habían producido fallos en Buenos Aires, Salta y Mendoza.
La presentación había sido efectuada por "Jorge Estornel S.A. y Otros", un grupo de larga trayectoria en la Provincia, que incluye al grupo Vila de Mendoza, propietario del Canal 8 de la capital provincial, Supercanal y Diario Uno.
Los demandantes pidieron a la Justicia que declare la inconstitucionalidad de la ley 26.522 e incluyó un pedido de amparo para suspender su aplicación, a la vez que cuestionó los artículos 8, 45, 46, 48, 73, 89, 158, 161 y 165.
Pero el magistrado ordenó posponer la puesta en funcionamiento de los artículos 42, 43, 45, 46, 48 y 161, ya que agregó dos cláusulas y rechazó otras.
Según el grupo Estornel, la nueva ley "viola la libertad de expresión" además de provocar un "un daño económico para las empresas" y pondría en peligro numerosos puestos de trabajo en el caso de Supercanal.
En el fallo, el magistrado advirtió sobre algunas medidas de la nueva ley porque estarían en "abierta contradicción al principio de libertad de prensa".
Consideró un "peligro" la modificación impuesta a la duración de las licencias y los plazos para amortizar inversiones y mencionó el derecho a la propiedad de los dueños de medios.
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