13:41 › "EXTERIORIZACIóN DE CAPITALES"

El Gobierno promulgó la ley de blanqueo

La norma que permite ingresar al circuito bancario las divisas no declaradas en el país y en el exterior fue publicada esta mañana en el Boletín Oficial. A partir de ahora, las personas física y jurídicas podrán blanquear fondos a través del Certificado de Depósito para Inversión (Cedin), destinados a la compra de inmuebles o al financiamiento de su construcción, y del Bono Argentino de Ahorro para el Desarrollo Económico (Baade), pensado para financiar proyectos energéticos.

Las herramientas fiscales estarán denominados en dólares estadounidenses y, según indica el decreto, "los fondos originados en la emisión a efectuarse serán destinados, exclusivamente, a la financiación de proyectos de inversión pública en sectores estratégicos, como infraestructura e hidrocarburos".

El Cedin será cancelado en la misma moneda de su emisión, por el Banco Central de la República Argentina y se utilizará para la compraventa de terrenos, galpones, locales, oficinas, cocheras, lotes, parcelas y viviendas ya construidas y/o a la construcción de nuevas unidades habitacionales y/o refacción de inmuebles, de acuerdo a las condiciones que establezca el Banco Central en su reglamentación.

Para la exteriorización voluntaria de la tenencia de moneda extranjera en el país, la persona deberá realizar un depósito en el banco dentro del plazo de tres meses calendario, contados a partir del mes inmediato siguiente de la fecha de publicación en el Boletín Oficial. Para el caso de tenencia de moneda extranjera en el exterior, el blanqueo será mediante su transferencia al país a través de entidades comprendidas y dentro del mismo plazo.

El decreto indica también que "el importe expresado en pesos de la moneda extranjera que se exteriorice no estará sujeto a impuesto especial alguno" y "quienes efectúen la exteriorización no estarán obligados a informar a la Administración Federal de Ingresos Públicos la fecha de compra de las tenencias, ni el origen de los fondos con las que fueran adquiridas".

Además, las personas que participen del blanqueo quedarán liberados de toda acción civil, comercial y penal tributaria, administrativa, penal cambiaria y profesional que pudiera corresponder. También quedarán eximidos del pago de los impuestos que hubieran omitido declarar.

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