Lunes, 3 de junio de 2013 | Hoy
16:15 › REFORMA DEL PODER JUDICIAL
El juez federal de Dolores, Alejo Ramos Padilla, rechazó "in limine" --sin tratamiento-- un planteo del Colegio de Abogados local para suspender las elecciones populares de consejeros de la Magistratura y denunció que el pedido es parte de "una estrategia común" que en el caso de prosperar lograría, "de manera irregular", suspender "el derecho del ciudadano (...) de expresar y elegir a los abogados que integrarán el Consejo". "Los jueces y abogados no podemos colocar por encima de los intereses del Pueblo nuestros reclamos corporativos", sentenció.
Padilla, al rechazar el pedido del Colegio de Abogados local, señaló la catarata de planteos de inconstitucionalidad que "fueron diseminados en los distintos juzgados, buscando que al menos un juez -ya ocurrió en dos casos- con competencia federal dicte una medida cautelar, o en el mejor de los casos una sentencia definitiva, que suspenda los próximos comicios".
Y, respecto de esa "estrategia", el juez consideró que ese "modo de actuar, enmascarado dentro del legítimo derecho de peticionar a las autoridades y el reconocido acceso a la justicia que resguarda nuestra Constitución y numerosos tratados de derechos humanos, constituye un ejercicio abusivo de ese derecho".
Además, el magistrado indicó: "En el caso de prosperar, no sólo suspendería el derecho del ciudadano de ejercer en los próximos comicios la posibilidad de expresar y elegir a los abogados que integrarán el Consejo sino que además ello se habrá logrado de manera irregular, con una acción emparentada con el forum shopping, con la posibilidad cierta de que se dicten sobre un mismo asunto decenas de pronunciamientos contradictorios, poniendo en riesgo el normal funcionamiento de uno de los poderes del Estado e incluso la legitimidad propia de sus decisiones".
Ramos Padilla explicó que el forum shopping "consiste en un procedimiento desleal mediante el que se obtiene la intervención de un magistrado que habrá de hacer lugar a las pretensiones". "Es tan ilícita la conducta de quien busca de este modo irregular la intervención de aquel magistrado, como la de aquel magistrado que sabiendo que está frente a una maniobra como la descripta se presta a resolver la cuestión", advirtió el magistrado.
Por eso, el juez concluyó que "la pretensión que se explicita en la demanda es la de cercenar a la ciudadanía el derecho reconocido en la ley de elegir a sus representantes jueces y abogados que habrán de integrar el Consejo de la Magistratura" y que la "catarata de amparos (...) constituye un acto de extrema gravedad institucional".
El juez rechazó suspender las elecciones, declinó la competencia a favor de su colega porteña María Servini de Cubría -con competencia electoral en la Capital Federal- y remitió las actuaciones al Consejo de la Magistratura y a la Procuración General de la Nación para que "arbitre los medios necesarios para que estas acciones concertadas no generen el daño institucional descripto".
"No me cabe dudas que el modo de elegir a los jueces debe provenir de una discusión racional, alcanzada en los ámbitos de mayor representación democrática del país y que los jueces y abogados no podemos colocar por encima de los intereses del Pueblo nuestros reclamos corporativos y mucho menos presentar una lluvia de amparos y medidas cautelares para lograr que algún juez de cualquier lugar del país dicte un pronunciamiento suspendiendo las elecciones y cercenando en definitiva los derechos del Pueblo", resumió el fallo.
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