Martes, 30 de agosto de 2016 | Hoy
15:40 › EL GOBIERNO AMPLIó A CINCO AñOS EL PLAZO PARA LIQUIDAR LAS DIVISAS PROVENIENTES DE LAS EXPORTACIONES AGROPECUARIAS
La Secretaría de Comercio extendió por tercera vez en el año el plazo para la liquidación de divisas producto de las exportaciones del sector agrícola, que pasó de uno a cinco años.
La Resolución 242 - E/2016, publicada en el Boletín Oficial, establece que los exportadores "deberán ingresar las divisas al sistema financiero local dentro del plazo de 1825 días corridos".
Según los considerandos, la medida apunta a "mejorar la oferta comercial de la economía local, la competitividad de las exportaciones argentinas, flexibilizar las condiciones de financiamiento, potenciar la inserción internacional y brindar condiciones de previsibilidad financiera".
Se trata de la tercera modificación de los plazos que introduce el Gobierno en lo que va del año, luego de que en 2012 se estableciera el límite en los 90 días corridos. En abril de este año, la Secretaría que conduce Miguel Braun había llevado el plazo a los 180 días, mientras que un mes más tarde lo extendió a un año.
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