ECONOMíA › FUERTE SANCION DE LA CNV POR OCULTAR INFORMACION A ACCIONISTAS MINORITARIOS

Multa de acero para Acindar

 Por Cristian Carrillo

La Comisión Nacional de Valores sancionó a Acindar con 500.000 pesos por considerar que ocultó información a sus accionistas minoritarios. A más de un año desde que se iniciara el sumario a la compañía, la entidad dependiente del Ministerio de Economía y Finanzas dictó una resolución que marca un precedente para futuras maniobras especulativas en el mercado. La investigación se inició a fines de 2007, cuando las acciones de la firma comenzaron en septiembre un raid alcista, previo al lanzamiento de una operación de rescate de papeles de Acindar por parte del holding ArcelorMittal. La compañía aseguró entonces que no tenía conocimiento de esa oferta pública de adquisición hasta que fue anunciada, el 2 de octubre, dos semanas después. Sin embargo, el dictamen interpreta que el directorio conocía la operación y debió “formular las ratificaciones, rectificaciones o aclaraciones del caso”.

“La veracidad es algo más que no mentir.” Sobre este enunciado se sostiene todo manual de procedimientos de “un buen hombre de negocios”. Esta premisa exige a las compañías cotizantes revelar información a la que todo inversor tiene derecho y evitar que algunos puedan actuar en el mercado con datos privilegiados o sobre la base de hipótesis engañosas. La transparencia de la información es precisamente el caballito de batalla de los defensores del libre mercado. Pero la transparencia tiende a opacarse por diferencia de fuerzas y el “libre mercado” termina convirtiéndose en una “dictadura de grandes corporaciones”.

En octubre del 2007, Acindar dio muestras en ese sentido. Sin razón aparente sus papeles comenzaron una escalada que acumuló en dos semanas una ganancia de 27,9 por ciento. Los rumores advirtieron de una posible recompra de papeles de Acindar, que ArcelorMittal estaba detrás de esa operación y que el holding no compartiría el paquete accionario de ninguna de sus controladas. Como suele suceder, la versión sumó una segunda ola de compras que se reflejó tanto en precios como en volumen. La Bolsa pidió a las autoridades de Acindar una aclaración. La compañía negó en forma oficial y tajante tener conocimiento de una posible recompra de acciones. La respuesta se dio cinco días después –dos días hábiles de operaciones en medio–, lo que significó también una muestra del comportamiento irregular de la firma.

Desde ese comunicado pasaron dos semanas y la mayor siderúrgica del mundo hizo una oferta de 542 millones de dólares para adquirir el 34,7 por ciento del paquete accionario de Acindar en poder de particulares. En ese momento, las administradoras de fondos de pensión poseían el 16 por ciento del total. Fue entonces cuando se cristalizó la sospecha de que altos ejecutivos ocultaron la operación a la Bolsa de Comercio. Eso pudo haber derivado en que algunos inversores sacaran provecho de contar con esa información privilegiada en desmedro de los accionistas minoritarios de la compañía.

Luego de quince meses de litigio la CNV resolvió el lunes último sancionar con 500.000 pesos a la siderúrgica. “Acindar no fue diligente en la preparación y divulgación de la información que había recibido el mercado ni en sus aclaraciones o rectificaciones que precisaba en resguardo de los intereses de sus accionistas y a fin de evitar eventuales asimetrías en perjuicio de los inversores.” Así justifica el organismo de control el fallo, según la resolución 16.043 enviada ayer a la empresa y a la que accedió Página/12.

La entidad que preside Eduardo Hecker desestimó las defensas presentadas por la empresa. La primera excusa de la compañía fue que la decisión se tomó en “niveles más altos del grupo” sin intervención de cuadro regionales ni locales. Incluso, señala que las negociaciones las llevó a cabo un “equipo de trabajo ajeno a Acindar”, y que se buscó preservar la confidencialidad de un tema “tan delicado para los mercados”. La firma tampoco respondió respecto de las eventuales filtraciones que pudieron haber existido y que generaron el fuerte incremento de la cotización de las acciones.

De todos modos, el fallo advierte que la “especulación” o “rumor” era lo suficientemente “preciso” como para que Acindar debiera formular “las ratificaciones, rectificaciones o aclaraciones mediante las comunicaciones del caso”. El tratamiento de la información, de hecho, permite solicitar a la CNV una “dispensa del deber de informar” si existiera riesgo de afectar el negocio en gestación. Respecto del sector del grupo encargado de la transacción, la resolución advierte que “esa circunstancia no altera la operación”, ya que la decisión inicial provino del holding indio ArcelorMittal.

El dictamen afirma además que, cuando una especulación de prensa o rumor de mercado es en gran medida preciso, no se puede demorar su divulgación. “O el directorio adopta estrictas medidas para evitar que se filtren informaciones o emite declaraciones formulando precisiones”, según un fallo de la Corte Suprema de Estados Unidos, que sirvió de sustento, junto con el manual de servicios financieros del Reino Unido, a la resolución de la CNV. En definitiva, la transparencia requiere “no mentir”, y “no mentir” también es “no ocultar información”.

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