Viernes, 10 de junio de 2011 | Hoy
ECONOMíA › LA FISCAL RESPALDO UNA DECISION DE LA CNV CONTRA SIDERAR
La firma del grupo Techint deberá convocar a una nueva asamblea de accionistas y permitir que la Anses asuma la representación por todas las acciones que posee. Este la habilita a nombrar un director.
Por Tomás Lukin
La fiscal general Alejandra Gils Carbó respaldó la decisión de la Comisión Nacional de Valores (CNV) que declaró irregular e ineficiente la asamblea de accionistas de Siderar del 15 de abril, frente a la apelación presentada por el grupo Techint. En esa oportunidad, la firma se negó a reconocer a la Anses el derecho a voto por la totalidad de su paquete accionario, que le hubiera permitido colocar al menos un director en nombre del Estado. El dictamen de la fiscal afirma la plena vigencia del DNU 441/11 que derogó la limitación del 5 por ciento del derecho a voto, más allá de la magnitud de la inversión, pero va un paso más allá al reclamar la inconstitucionalidad de esa restricción. Ahora resta que expida su determinación la Sala B de la Cámara Nacional en lo Comercial. El director ejecutivo de la Anses, Diego Bossio, recordó que el 21 de julio se realizará una nueva asamblea y exigió “igualdad de condiciones, la oportunidad de ejercer plenamente los derechos políticos y poder nombrar a los directores que realmente corresponden a la Anses”.
En medio de una puja de poder entre el Gobierno y el grupo Techint sobre quién sería designado para ocupar un sillón en el directorio de Siderar, el Poder Ejecutivo sancionó el DNU 441/11. Esa norma derogó el límite del 5 por ciento para el peso político de la Anses como accionista, un techo heredado del sistema de AFJP. En la asamblea de accionistas, la empresa cuestionó el decreto y estableció una votación empleando un doble sistema de cómputo: uno con la limitación para los votos del Estado y otro de acuerdo al DNU. La empresa trató la distribución de dividendos y al momento de decidir la composición del directorio llamó a un cuarto intermedio.
A pocas horas de finalizado el convite, la CNV suspendió todas las medidas aprobadas en ese cónclave. El grupo Techint apeló la medida y cuestionó la constitucionalidad de la decisión del Ejecutivo. En primera instancia, la Justicia convalidó la posición del organismo controlador e intimó a la empresa a convocar a una nueva asamblea. La firma volvió a apelar. La Cámara suspendió la posibilidad de reanudar la misma asamblea cuestionada, se fijó un plazo de 60 días para expedirse y al mismo tiempo dio curso a la fiscalía para que intervenga.
El dictamen de Gils Carbó reivindica el poder de fiscalización de la CNV para controlar el accionar del mercado bursátil y rechaza por improcedentes las argumentaciones de la empresa. A su vez, advierte que el grupo Techint no puede desconocer el decreto unilateralmente, ya que “la sola disconformidad con el derecho vigente no habilita al quebrantamiento de la ley”. En ese sentido, sostiene que el proceder de la multinacional afectó la seguridad y transparencia del mercado de valores: “Cuando una sociedad sujeta al control de la CNV vulnera disposiciones de su propio estatuto o de la ley, afecta el interés de toda la sociedad (...). En defensa de tal interés se justifica la intervención de la CNV”. Gils Carbó concluye que “debe confirmarse la resolución de la CNV” que suspendió por irregularidades la asamblea de Siderar.
En relación con el reclamo de la firma sobre la inconstitucionalidad del DNU 441/11, la fiscal no sólo rechaza esa presentación, sino que propone declarar inconstitucional la limitación del 5 por ciento de los votos derogada por ese decreto. Gils Carbó sostiene que ese techo devino en irrazonable tras la nacionalización de las AFJP y sostiene que “la modificación del sistema previsional no constituyó una mera sustitución de una administración privada por otra estatal, sino que implicó una concepción absolutamente diferente del sistema. El límite a los derechos del inversionista AFJP se torna una mutilación inconstitucional del inversionista estatal”.
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