ECONOMíA › FALLO A FAVOR DE JUBILADOS POR DEVOLUCION DEL 13%
En efectivo y en un solo pago
El juez federal de la Seguridad Social Rodolfo Mario Milano condenó al Poder Ejecutivo a “pagar en efectivo”, en vez de con títulos públicos, las sumas que se adeudan a jubilados y pensionados por el descuento del 13 por ciento, a la vez que también dictaminó contra el pago en cuotas del total adeudado. Aunque se descuenta que el Estado apelará la medida, el fallo puede convertirse en un importante precedente para el reclamo de los estatales afectados por la misma quita de sus haberes.
En una resolución de tres carillas, el magistrado declaró la inconstitucionalidad del decreto 1819/2002, por el que el Gobierno dispuso saldar la deuda entregando títulos públicos a quienes reciben jubilaciones, pensiones y asignaciones familiares. El fallo del magistrado se produjo al hacer lugar a la acción de amparo presentado por el defensor del Pueblo de la Nación, Eduardo Mondino, en representación de todos los jubilados, pensionados y trabajadores del país con el objeto de “proteger los derechos de incidencia colectiva”. Milano recordó que “el artículo 740 del Código Civil establece que el deudor debe entregar la misma cosa a cuya entrega se obliga” y resaltó que “el acreedor (jubilado) no puede ser obligado a recibir una cosa (títulos) por otro aunque sea de igual o de mayor valor”. “Lo adeudado fueron sumas retenidas indebida e irrazonablemente”, consideró el juez y agregó que ello “violó el carácter alimentario de los beneficios previsionales” y también “afectó el derecho a la subsistencia de la persona humana”.
Si bien se espera que el fallo de primera instancia sea apelado por el Poder Ejecutivo, puede sentar jurisprudencia en los reclamos hechos por los trabajadores del Estado a raíz del mismo descuento del 13 por ciento podado a sus salarios en el mismo decreto 1819/2002. De igual forma, puede representar un dolor de cabeza para el manejo del presupuesto público.