ECONOMíA › DICTAMEN DE GILS CARBó POR LA CAUSA DE LA RURAL

“Estado de indefensión”

La procuradora general presentó un dictamen ante la Corte para que habilite la apelación del Estado contra un fallo de Cámara que frenó la recuperación del predio de La Rural.

 Por Sebastián Premici

La procuradora general de la Nación, Alejandra Gils Carbó, presentó un dictamen ante la Corte Suprema donde sostuvo que la Cámara Nacional en lo Civil y Comercial “violó la garantía de defensa en juicio del Estado nacional” al momento de suspender con una cautelar el decreto de recuperación del predio de La Rural. La maniobra se remonta a enero de este año, cuando la Cámara, compuesta por Francisco de las Carreras, Graciela Medina y Ricardo Guarinoni, habilitó la feria sólo para aceptar la cautelar interpuesta por la Sociedad Rural y, al mismo tiempo, le denegó al Estado la posibilidad de impugnar esa decisión. El Gobierno presentó entonces un recurso extraordinario contra la resolución del tribunal. Sin embargo, la Sala II de la Cámara lo rechazó por entender que el plazo para presentarlo había finalizado durante enero. Según Gils Carbó, con esta maniobra el Estado quedó “en un estado de indefensión”. Por eso, recomendó que el expediente regrese a la Cámara para que se cumpla con el debido proceso.

Según el dictamen de Gils Carbó, la Cámara que suspendió el decreto durante la feria judicial de enero “omitió explicar las reglas del procedimiento que el Estado debía conocer para hacer valer sus derechos al apelar la medida cautelar”. La Cámara había rechazado el recurso del Estado bajo el argumento de que era “extemporáneo”. Sin embargo, la Procuración sostuvo que “la demora es atribuible a la Cámara, la que debió adoptar los recaudos adecuados que aseguraran que su decisión de habilitar la feria no desbarataría el derecho de defensa de la demandada”.

La decisión del Poder Ejecutivo de dar marcha atrás con el decreto que entregó el predio de Palermo a la Sociedad Rural se fundó en un fallo del juez Sergio Torres, quien en una causa penal determinó que se había pagado un precio “vil” por las doce hectáreas del terreno. Esta es la causa de fondo, cuyo principio de resolución también está en la Corte Suprema de Justicia. “Si la Corte hace lugar al dictamen de Gils Carbó debería quedar sin efecto la cautelar que favoreció a la Sociedad Rural. Como contraposición, tendría que prevalecer lo dictaminado por el juez Torres, quien sostuvo que la SRA no tiene un derecho indiscutido sobre el predio”, explicó a Página/12 el abogado Eduardo Barcesat.

Torres dictó un auto de procesamiento contra Domingo Cavallo y el ex titular de la SRA Eduardo de Zavalía, entre otros, acusados de cometer el delito de peculado (estafa al Estado), por haber pactado el pago de un “precio vil”. El ex presidente Carlos Menem también estaba acusado, pero fue beneficiado con la prescripción de la causa en su contra. El Estado apeló esa decisión y la resolución ya está en poder de la Corte Suprema, con un dictamen de la Procuración que recomienda anular la prescripción y continuar con el proceso penal contra todos los funcionarios y directivos de la SRA involucrados.

Si bien el decreto que intentó recuperar el predio se conoció a fines de diciembre pasado, la Sociedad Rural ya había iniciado antes su estrategia para evitar las consecuencias del proceso penal. En febrero de 2012, la Sociedad Rural solicitó una medida cautelar con el objetivo de que “se ordene al Poder Ejecutivo nacional que se abstenga de alterar los derechos emergentes del contrato civil de compraventa”. Y el 15 de agosto del mismo año inició ante el Juzgado Civil Comercial Federal Nº8, a cargo de Silvina Bracamonte, una acción declarativa de certeza con el fin de “hacer cesar el estado de incertidumbre respecto de la suma de dinero que la SRA debe pagar al Estado nacional”.

Es decir, la SRA decidió acudir al fuero civil y comercial a pesar de que todavía continúa vigente el proceso penal, que debe resolverse primero. Y la Cámara Civil y Comercial se valió de las dos acciones de la SRA para avalar su participación en este proceso.

Los jueces de la Sala de feria que, según Gils Carbó, dejaron al Estado en una situación de indefensión también fueron recusados por el Ejecutivo, aunque tal pedido no prosperó. Los propios magistrados recusados resolvieron a su favor. Tanto De las Carreras como Guarinoni fueron recusados por haber aceptado un viaje a Miami a un congreso de telecomunicaciones auspiciado por el Grupo Clarín. Incluso, la Sala II –que tuvo la cautelar de la SRA antes de la feria judicial– es la que benefició al holding al unificar dos causas diferentes. Esta movida fue firmada por Guarinoni y Santiago Kiernan, otro juez recusado por haber viajado a Miami y quien optó por renunciar a su cargo.

[email protected]

Compartir: 

Twitter

Un fallo judicial sostiene que la venta del predio de La Rural en los ’90 se hizo a precio vil.
 
ECONOMíA
 indice

Logo de Página/12

© 2000-2022 www.pagina12.com.ar | República Argentina | Política de privacidad | Todos los Derechos Reservados

Sitio desarrollado con software libre GNU/Linux.