ECONOMíA › QUIéNES RECIBEN LOS SUBSIDIOS

Información a la AFIP

A partir del 1º de abril, las empresas prestadoras de servicios públicos de gas natural por redes, energía eléctrica y provisión de agua potable y tratamiento de residuos cloacales deberán emitir factura electrónica a sus clientes e informar los datos de las mismas a la AFIP. Esto permitirá al ente recaudador conocer el componente de subsidios que otorga el Estado nacional en el cobro de este tipo de servicios. Si bien no es un paso obligatorio, es relevante en el caso de que el Gobierno pretenda avanzar en un ajuste de las tarifas, algo que los inversores vienen descontando en operaciones bursátiles (ver aparte).

La medida fue publicada el 16 de diciembre del año pasado (Resolución General 3571) y las empresas y sectores que sean alcanzados comenzarán a adecuarse voluntariamente desde el 1º de marzo, mientras el plazo obligatorio comienza a regir el 1º de abril. La resolución amplía el régimen de información vigente por el cual estas prestadoras de servicios informan únicamente los consumos mensuales por importes iguales o superiores a 1000 pesos, pero sin detallar los subsidios que se les otorgan. Ahora, estas empresas brindarán información sobre todos los consumos, y la información se presentará abierta, con todos los datos que contiene la factura.

Las prestadoras de servicios de gas, luz y agua actualmente envían estas facturas a sus usuarios por correo, sin obligación de informar previamente a la AFIP su contenido. Con el uso de la factura electrónica, desde abril, la remitirán tanto al ente recaudador como a los usuarios. Estos podrán descargar la boleta desde Internet e imprimirla para abonarla. De todos modos, continuarán recibiendo sus facturas en papel por correo. “Quienes no se manejen con Internet no se verán afectados, porque seguirán recibiendo sus facturas”, explicaron desde la AFIP.

El uso de la factura electrónica aplicada a este tipo de servicios “permitirá además información transparente y fehaciente del usuario efectivo del servicio y del titular del inmueble”, agregan. Esto permitirá a la AFIP analizar las declaraciones juradas presentadas por los contribuyentes y cruzarlas sistemáticamente con la “realidad económica de sus operaciones”. El mecanismo permitirá a la AFIP contar con informaciones tales como si el usuario es propietario o inquilino, datos de catastro de la propiedad que recibe los servicios y el monto del subsidio que otorga el Estado para esa prestación individual. Datos que podrían colaborar en el diseño de un posibles esquema de ajuste de tarifas, dado que podrá discriminarse por zona y nivel de consumo de cada servicio.

En las facturas se consignará la Clave Unica de Identificación Tributaria (CUIT); Código Unico de Identificación Laboral (CUIL); Clave de Identificación (CDI) y el Documento de Identidad. El régimen abarca a 2432 empresas, que en total realizan 190 millones de comprobantes por año. Además de las empresas de servicios, se incluye la actividad de la construcción, servicios inmobiliarios y empresariales de alquiler. Desde abril hasta agosto se incorporarán mes a mes distintas operaciones de comercio exterior, según la resolución.

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