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Un desalojo ilegal
Por Mirta Mántaras *
Se ha desalojado por medio de la violencia a las trabajadoras de Brukman mediante un fallo que determinó que usurparon su lugar de trabajo, pero nada es más ajeno a la verdad fáctica, única que puede fundar un aserto jurídico, porque no se reúnen los requisitos del tipo legal del artículo 181 del Código Penal, resultando inconstitucional y nula la decisión concretada mediante un operativo policial impresionante.
La usurpación requiere que se ingrese a un lugar ajeno mediante violencia, amenazas, engaños, abuso de confianza o clandestinidad. Los trabajadores de Brukman nunca fueron despedidos y concurrieron a su lugar de trabajo ingresando por la puerta cuyas llaves se las entregó el patrón, que luego de pagarles 10 pesos les prometió abonarles los sueldos adeudados y quedaron esperando que apareciera pero jamás lo hizo, abandonando la fábrica.
Los obreros continuaron concurriendo a su lugar de trabajo y cuando se convencieron de que Brukman no volvería porque se llevó el dinero, seguramente a algún “paraíso fiscal”, comenzaron a producir adquiriendo los insumos a crédito para dar de comer a sus familias.
Los trabajadores tuvieron que pagar la deuda por servicio eléctrico y las necesarias para que no se paralice la producción, pues los Brukman dejaron un tendal de acreedores, no sólo los obreros, sino que jamás cumplieron con los aportes previsionales no obstante descontarles a los trabajadores, no abonaron los impuestos, ni tampoco otras deudas, por lo que fueron a la quiebra.
Ningún trabajador usurpa cuando concurre a su fuente de trabajo; al contrario, están obligados a presentarse para no ser acusados de abandono del empleo. Simplemente ejercieron un derecho legítimo, amparado por la Constitución nacional en su artículo 14 y 14 bis, que garantiza el derecho a trabajar, la protección integral de la familia, el acceso a la vivienda.
Los obreros de Brukman son acreedores de su patrón y por ello tienen derecho a utilizar las máquinas y a preservar su fuente de trabajo porque así velan por su derecho a la vida y la de sus hijos. A muchos puede molestar que hayan hecho una gestión beneficiosa y que hayan incorporado a otros compañeros, dándoles trabajo en mérito a su idoneidad, pues son expertos en confección de ropa de excelente factura.
Los Brukman lograron resoluciones judiciales extravagantes, pues en diciembre un mandamiento les habilitó que se llevaran los libros de comercio guardados en la fábrica en una oficina que nunca abrieron los trabajadores, sin adjuntarlos a la quiebra.
Luego consiguieron que los camaristas Bonorino Peró y Piombo, jueces de la dictadura, les dieran la posesión de la fábrica con un fallo asombroso que pone al derecho de propiedad por sobre el derecho a la vida, retrocediendo en varios lustros principios elementales de protección de los Derechos Humanos.
La comunidad ha respondido en defensa de los trabajadores, que en largas vigilias esperaron una respuesta del Gobierno. La ministra de Trabajo les dio la razón a los Brukman, burlando las expectativas y alterando la paz social con una represión que es una pésima señal para el futuro de los argentinos.
* Abogada de Derechos Humanos.