Sábado, 16 de agosto de 2014 | Hoy
EL PAíS › DECLARARON POR LA MASACRE DEL PABELLON SEPTIMO, OCURRIDA EN LA CARCEL DE DEVOTO, DELITO DE LESA HUMANIDAD
La Cámara Federal consideró que no se puede disociar esta matanza de presos comunes cometida en marzo de 1978 de las prácticas represivas de la época ejercidas desde el aparato estatal. En el hecho murieron 64 personas en medio de un incendio.
Por Irina Hauser
La Sala I de la Cámara Federal les dio la razón a los sobrevivientes y familiares de las víctimas de la llamada Masacre del Pabellón Séptimo, del penal de Villa Devoto, y declaró que aquellos hechos, donde murieron 64 presos en medio de un incendio, asfixiados y baleados por agentes del Servicio Penitenciario Federal (SPF), el 14 de marzo de 1978, constituyen un crimen de lesa humanidad y, como tal, no prescribe. Durante años, incluso entrada la democracia, quedó instalada la idea, sembrada por el poder dictatorial e incluso por el Poder Judicial que por años intentó ningunear lo ocurrido, de que se había tratado de un motín en el que se habían alzado los detenidos de esa cárcel. Según describió el tribunal, no se puede disociar esta matanza de las prácticas represivas de la época ejercidas desde el aparato estatal. La causa había sido reabierta este año pero el juez federal Daniel Rafecas, si bien consideró que hubo violación a los derechos humanos, la mandó a los tribunales ordinarios donde se investigan delitos comunes.
La resolución de la cámara, que lleva los votos de Eduardo Freiler y Jorge Ballestero, tiene varios aspectos novedosos, además de la definición de lesa humanidad de la masacre. También acepta como querellantes a los familiares, sobrevivientes y organismos que se presentaron a partir de 2013 pidiendo la reapertura de la causa. Señala, además, que se debe investigar el caso de un preso, el uruguayo Jorge Hernández Rodríguez, de 23 años, que estaba en Devoto al momento de los sucesos y apareció fotografiado con vida en la tapa del diario Crónica un día después de la represión en el penal, pero se encuentra desaparecido. El fallo, además, ordena desentrañar la responsabilidad penal de los jueces que tuvieron la investigación en sus manos, la desestimaron y terminaron cerrándola sin culpables: Guillermo Rivarola, que era juez federal, y Jorge Valerga Aráoz, quien era entonces juez de Instrucción, luego fue camarista y ahora ejerce como abogado.
La masacre se pudo reconstruir con testimonios de sobrevivientes del mismo Pabellón Séptimo y de otros donde había presos políticos. Muchos de ellos son citados de manera detallada en el fallo de la cámara. De allí se desprende que en la noche del 13 de marzo hubo una discusión porque los guardiacárceles querían que los internos apagaran el televisor antes del horario habitual. Al día siguiente el Pabellón Siete fue sometido a una requisa brutal, mucho más feroz que las habituales, con el doble de agentes, que portaban y dispararon armas largas. Los presos contaron que como iban hacia ellos y gatillaban sin más, intentaron protegerse colocando las camas y los colchones contra las rejas, tiraban objetos y les lanzaban gases lacrimógenos, que pudieron haber causado el inicio del incendio igual que unos bidones con querosén. “Quémense de a poco”, les decían los penitenciarios a los detenidos que pedían salir, mientras se acrecentaban las llamas y el humo.
La historia fue conocida por mucho tiempo como el Motín de los Colchones. La causa judicial inicial se focalizó en responsabilizar a los presos y se basó en las versiones de los penitenciarios. Fue cerrada en julio de 1978, luego reabierta en 1984 y cerrada dos años después. Pero nunca se investigó el papel de los agentes penitenciarios, que ni siquiera intentaron apagar el incendio y socorrer a los detenidos. Hoy el análisis es totalmente opuesto: “Ninguna duda cabe de que se trató de un ataque generalizado contra una población carcelaria que fue brutalmente agredida con deliberada intención, a la que se pretendió hacer pasar por victimaria”, dice el voto de Freiler. Para él, es evidente que no hubo una “actuación regular de agentes del Servicio Penitenciario Federal” que “pudieron haber cometido excesos” en una requisa. Cuestionó la complicidad de “innumerables personas que obstaculizaron desentrañar lo sucedido”.
Para argumentar por qué se trata de un delito de lesa humanidad, este camarista explica que “lo que distingue a un crimen de lesa humanidad de un crimen común no es la depravación o crueldad de la conducta, sino el hecho de que ésta sea ejercida por un Estado o una organización cuasi gubernamental en contra de las personas que están bajo su control y a las que deben proteger”. Su colega Ballestero argumenta en el mismo sentido.
Lo que ocurría en el penal de Devoto, señala Freiler, debe ser puesto en contexto: las cárceles operaban bajo control de las Fuerzas Armadas. Esto había sido progresivo, ya desde 1972 en adelante, y en 1978 fue cuando se asignaron ciertas unidades para alojar presos políticos, como Devoto. El Servicio Penitenciario, explica, estaba su-bordinado al Ejército y había una “coordinación de prácticas represivas”. Lo describe “despótico y depravante”. “El manejo interno del penal” era “acorde con la política represiva imperante”, dice. La cárcel de Devoto, señala, no era ajena al uso de la llamada “acción psicológica” que se aplicaba en centros clandestinos de detención para someter a los detenidos.
El puntapié que llevó a revisar las muertes en Devoto fue una investigación de la criminóloga Claudia Cesaroni, quien buscaba los puntos de contacto de lo que padecieron los presos “comunes” y los presos políticos en dictadura. Cesaroni escribió el libro Masacre en el Pabellón Séptimo, hecho a pulmón, que consiguió enorme visibilidad el día que el Indio Solari –amigo de uno de los muertos allí– lo recomendó en el último recital multitudinario en Mendoza. Denise Feldman, abogada en el caso junto con la autora, dijo que para ellos el fallo es “una gran noticia: es el reconocimiento y la visibilización de que de que los presos comunes fueron también víctimas del circuito del terror de la última dictadura”.
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