Jueves, 21 de agosto de 2014 | Hoy
EL PAíS › LA CAMARA DEL CRIMEN PIDE REVISAR UNA CAUSA SOBRE DELITOS DE LESA HUMANIDAD
El abogado del represor Jorge Olivera Rovere presentó un hábeas corpus y, con ese instrumento, la Cámara del Crimen pide la revisión de toda la causa. En el fuero federal hay inquietud por el efecto que pueda tener sobre otros expedientes.
Por Alejandra Dandan
Jorge Carlos Olivera Rovere fue jefe de los centros clandestinos de detención de la Ciudad de Buenos Aires. Hoy tiene una condena firme a prisión perpetua y está imputado en numerosas causas de lesa humanidad. Según una resolución de la Cámara de Casación, debería estar detenido en el hospital penitenciario de Ezeiza, pero gracias a la beligerancia jurídica de su abogado continúa con una prisión domiciliaria. Su abogado es el ex juez de la dictadura Norberto Giletta. En los últimos días, presentó un hábeas corpus en la Justicia ordinaria, un fuero ajeno a las causas de lesa humanidad. Un juez rechazó el planteo pero, insólitamente y en una alianza que preocupa, el hábeas corpus fue aceptado por la Sala VI de la Cámara del Crimen, un tribunal que tampoco tiene competencia en esta área y que ahora pide la revisión de toda la causa. Quienes vienen trabajando en este expediente están preocupados por los efectos secundarios.
Lo particular del caso es el modo en que se usó el recurso del hábeas corpus: “La situación es que el defensor pretende una nueva revisión de lo resuelto por los jueces federales a través de un hábeas corpus –señala uno de los funcionarios judiciales más preocupados–. Y ése es un instrumento cuyo fin es definitivamente ajeno porque sólo puede usarse ante detenciones ilegales o por el agravamiento ilegítimo de las condiciones de privación de libertad”.
El uso de ese recurso, a la vez, podría generar efectos en otras causas. Para estas mismas fuentes, las resoluciones de la Sala VI de la Cámara del Crimen crean un mecanismo irregular “no previsto en la ley que, en definitiva y como mínimo, logra retrasar el ingreso a la prisión y hasta podría llegar a impedir que se cumplan las sentencias”. Es como si un tribunal, a partir de ahora, dijera tener facultades para revisar todo lo que hacen otras zonas de competencia judicial. “Definitivamente no es esta Sala del Crimen la que debe estudiar si las decisiones de las salas federales son contradictorias –explican–. Más aún si se tiene en cuenta que las decisiones de los tribunales de Casación fueron tomadas en el marco de procesos distintos.”
Los “hábeas corpus” fueron uno de los instrumentos invocados por los familiares de los desaparecidos durante la dictadura para denunciar los secuestros ilegales de sus seres queridos. Giletta, en ese momento, era juez y quien lo asistía como secretario era Alfredo Bisordi. Hoy esos dos nombres son un emblema de cómo gran parte de la Justicia rechazó sistemáticamente los hábeas corpus.
A fines de 2013, dos salas de Casación se pronunciaron sobre la detención domiciliaria de Olivera Rovere. Una fue la Sala IV. Intervino como Cámara de alzada en el expediente de Jefes de Area, en el que el ex subjefe del Primer Cuerpo del Ejército tiene condena firme. El 16 de diciembre, esa sala decidió mantener la prisión domiciliaria. Para entonces, la Corte Suprema había revocado una primera decisión de igual sentido, y de la misma sala, y para este nuevo momento se analizaron nuevos exámenes médicos. El fallo tuvo una disidencia de Mariano Borinsky, que consideró que ante el problema de salud el hospital penitenciario de Ezeiza debía ser equipado como para atenderlo.
Dos días más tarde, se pronunció la Sala II en sentido inverso y en otra causa: revocó la domiciliaria en una causa del Juzgado Federal Nº 3 de La Plata y ordenaron que Olivera Rovere fuera al hospital penitenciario. Las razones tuvieron en cuenta el contexto de la causa. En ese expediente, Olivera Rovere no estaba condenado sino con una instrucción abierta y en investigación. En ese contexto, consideraron que podían agravarse los eventuales riesgos de fuga. Así las cosas, la sala rechazó una batería de recursos que ya había presentado la defensa: uno ante Casación y otro extraordinario. Confirmó la postura de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata. Y cuando los Giletta (padre e hijo) intentaron volver a la carga les dijeron que no. Giletta pidió la nulidad. Y el último 14 de agosto, la sala volvió a desestimar su pedido por “inadecuado” dado que debía ir “en queja” ante la Corte.
Un día más tarde, los Giletta finalmente presentaron todo ante la Corte. Para quienes saben de los laberintos jurídicos, el hombre que conoce muy bien estas lides lo único que quiso fue ganar tiempo con estos recursos, para impedir que la orden de traslado a Ezeiza llegue a La Plata. “Es importante aclarar que resulta manifiesto que ese planteo de nulidad –dijo la misma fuente consultada– tuvo como único fin dilatar la devolución de las actuaciones al juzgado de La Plata, para que procediera de acuerdo con lo decidido.”
El punto central son ahora las alianzas que parecen haber conseguido para avanzar con hábeas corpus. Una vez que agotaron todos los recursos federales, los Giletta se presentaron en la Justicia ordinaria. El hábeas corpus recayó en el juzgado de turno que es el Juzgado de Menores 1 de Alejandro Cilleruelo. El defensor denunció allí supuestas “contradicciones” entre las dos salas de la Casación y pidió que no se hiciera efectiva la prisión por razones de salud. El juez Cilleruelo rechazó el recurso “in limine”, pero lo inesperado se presentó cuando aparecieron en escena los tres integrantes de la Sala VI de la Cámara Criminal, cuyos jueces son Ricardo Matías Pinto, Mario Filozof y Julio Marcelo Lucini.
Ellos dijeron que la posición de Cilleruelo fue prematura; que debía interiorizarse de las incidencias de la Casación y solicitaron un nuevo informe médico. Así, y como en el cuento de la buena pipa, todo volvió a empezar. El juez hizo todo, volvió a rechazar el hábeas corpus e informó a La Plata, pero la Sala VI nuevamente revocó su posición y suspendió el traslado.
“Definitivamente no es esta Sala del Crimen la que debe estudiar si las decisiones de las salas son contradictorias –señalan ahora en Casación–. Es muy común en causas de lesa humanidad que un individuo esté imputado en más de un proceso, y que entonces intervenga más de tribunal. Cada uno será competente para decidir en forma independiente, de acuerdo con las características de cada proceso, y eso no significa que las decisiones sean contradictorias.”
Que en una causa el acusado esté con condena firme y en otra en etapa de investigación justificaría, por ejemplo, que los juzgados tengan posiciones diferentes sobre riesgos y tipo de prisión. Pero más allá de esto, el problema es lo que puede venir: “Esto abre la puerta a que, en casos similares, cualquier decisión tomada por el juez competente sobre la privación de libertad de un imputado sea revisada por un juez de hábeas corpus ajeno a la causa”.
Años atrás, la Cámara Federal de Resistencia hizo algo parecido al liberar a once detenidos por delitos de lesa humanidad. Eso generó un juicio político.
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