EL PAíS › EL JUEZ MALDE EXHORTó A MORENO

Le pide buena conducta

El juez Eduardo Malde volvió a reclamarle al secretario de Comercio Interior, Guillermo Moreno, que mejore su comportamiento en las asambleas de Papel Prensa. El magistrado advirtió al funcionario que podrá excluirlo de participar como representante del Estado en las reuniones oficiales de la productora de pasta de celulosa. La última asamblea de la empresa convocada, entre otras cuestiones, para modificar la comisión fiscalizadora, donde el Estado tiene mayoría, fue suspendida luego de que Moreno llevara adelante un despliegue teatral con cascos de protección, guantes de boxeo y comenzara a gritar en forma reiterada “acá no se vota” durante un receso en el debate. Luego de ese episodio, el interventor Martín Arecha levantó el encuentro.

“Habré de llamar a la reflexión y exhortar una vez más, pero también la última, al Lic. Mario Guillermo Moreno –no al Estado nacional–, a efectos de que se comporte correctamente”, sostiene la resolución judicial publicada el lunes pasado. El documento firmado por el juez Malde previene al funcionario que “ante una nueva reiteración será excluido de toda posibilidad de poder seguir entendiendo como representante del Estado nacional en el ejercicio por éste de sus derechos sociales”. Ayer se conoció un fallo de la Cámara Nacional en lo Comercial que dispuso el fin de la intervención judicial de Papel Prensa que había sido solicitada por el Gobierno y dispuesta por Malde en marzo de este año (ver aparte).

Los diarios Clarín y La Nación poseen el 71 por ciento del capital accionario de Papel Prensa y el Estado nacional, el 27,46 por ciento de la empresa. Las denuncias contra el funcionario fueron realizadas por directores del sector privado en dos oportunidades. Semanas atrás, el secretario de Comercio Interior había sido “exhortado a comportarse en debida forma, lo cual fue desatendido abiertamente por aquél, más allá del tono de la ironía o burla, denotada con el reparto de los guantes y cascos y su declamada referencia al cumplimiento de aquella demanda judicial”, sostiene la resolución del juez.

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