Lunes, 19 de mayo de 2014 | Hoy
EL PAíS › POR QUé LA CORTE ENTENDIó QUE HUBO LEGíTIMA DEFENSA
Por Mariana Carbajal
El fallo de la Corte tucumana que revoca la condena a Teresa Seco contiene abundante jurisprudencia e incluso citas de libros especializados en la problemática de la violencia de género y en los casos puntuales de mujeres que matan a sus esposos en legítima defensa, en contextos de maltrato en el hogar. En ese sentido, señala que es “determinante tener en cuenta” que Sylvie Frigon, en su trabajo Mujeres que matan: tratamiento judicial del homicidio conyugal en Canadá de los ’90, concluye que “estas mujeres sufrían mucho, vivían una pesadilla con los ojos abiertos. Resultado del terror cotidiano y el acto tiene por objetivo terminar con el terror y no necesariamente busca eliminar al otro... el día del homicidio hay algo de particular, anormal. Según las mujeres, hay una suerte de disparador. La mujer puede predecir una violencia desusada. Se percibe muy a menudo que algo ocurrió en esas mujeres que hizo que no pudieran continuar soportando. Han sobrepasado una frontera y, a veces, cuando además los niños están involucrados, algo se dispara. El umbral de lo tolerable es superado y lo insoportable es alcanzado. Dos parámetros importantes son puestos en escena aquí: la acumulación de frustraciones, de sufrimientos y de miedo, en el tiempo y la relación de pareja alcanzando un crescendo... Es como si hubiera una frontera, un lugar donde es cuestión de vida o muerte y donde no se discute más. El gesto homicida es en verdad una suerte de consecuencia, es la acumulación de todo un tramo de la vida: la vida de pareja difícil, marcada por el abuso. Finalmente no aguantan más sufrir, quieren detener el sufrimiento, quieren vivir. Quieren preservar su integridad” (Cfr. Frigon Sylvie, Mujeres que matan: tratamiento judicial del homicidio conyugal en Canadá de los ‘90, en Capítulo III, Travesías 9, Temas del debate feminista contemporáneo, Mujer, Cuerpo y Encierro, Documento del Cecym, Editora: Silvia Chejter, Buenos Aires, Diciembre 2000, pág. 76).”
Los jueces del alto tribunal encuentran esas características en la historia de Teresa Seco: por un lado, “niños involucrados”; por el otro, “acumulación de frustraciones y sufrimientos”. En ese sentido, destaca parte de la declaración de la mujer cuando dijo que “entonces yo me fui para el comedor de la casa, reclamándole que yo estaba cansada de todo, que trabajaba, atendía mis hijos, atendía los clientes ya que trabajaba en telefonía celular, o sea yo me partía en diez mil para cumplir todas mis obligaciones, que yo le reclamaba que ya no podía seguir viviendo así”. El tercer eje es “acumulación de todo un tramo de la vida... marcado por el abuso”. Seco contó en el juicio: “Una vez me partió la cabeza con un palo y el padre de él me vio la cabeza ensangrentada”. Su hijo describió: “A mi mamá le pegaba con las manos y con un palo. Nos trataba mal. Usaba palabras groseras, pero no recuerdo qué palabras. Le pegaba mucho. Yo varias veces me metía cuando le pegaba a ella. Una vez le vi pegarle. Fue con un palo en la cabeza...”
Así, la Corte tucumana concluye que “todo ello habla de un contexto de violencia que necesariamente influyó en el trágico día en que la imputada hirió a su marido, pero que –sin embargo– no fue tenido en cuenta por la Cámara Penal a la hora de analizar la causal de justificación aducida por la defensa”.
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