EL PAíS › MILITARES PIDEN LA VALIDEZ DE LAS LEYES DE IMPUNIDAD

Otros cinco represores en prisión

 Por Victoria Ginzberg

Cinco represores acusados de secuestros y torturas cometidos en jurisdicción del Primer Cuerpo de Ejército quedaron presos ayer por orden del juez Rodolfo Canicoba Corral, quien había reclamado la captura de 16 imputados. Dos coroneles que fueron arrestados impugnaron la ley que anuló las leyes de Obediencia Debida y Punto Final y los fiscales del caso contestaron que con esa medida el Estado argentino “está reafirmando el deber de investigar y combatir la impunidad”.
Los represores que fueron encarcelados son: el general de brigada Héctor Gamen, los coroneles Pedro Durán Sáenz y Héctor Barda y los brigadieres Hipólito Mariani y César Comes. Los otros tres militares que figuraban en el pedido del juez –Otto Carlos Paladino, Roberto Leopoldo Roualdes y Guillermo Minicucci– están muertos.
Canicoba Corral ordenó también las detenciones de Antonio Del Cerro (“Colores”) y Julio Simón (“El Turco Julián”) que ya están procesados en otros expedientes, y otros seis acusados, agentes de inteligencia, miembros de la Policía Federal o del Servicio Penitenciario. Ayer por la noche aún no había información oficial sobre el resultado de estos pedidos de captura.
Aun antes de sus arrestos, Durán Sáenz y Gamen presentaron un escrito en el juzgado en el que plantearon la anulación de la decisión de la Cámara Federal de reabrir las causas ESMA y Primer Cuerpo, la inconstitucionalidad de la ley que anuló las leyes de impunidad y la existencia de cosa juzgada.
Los fiscales Eduardo Freiler y Federico Delgado respondieron que “una serie de precedentes ha sentado doctrina pacífica que obliga a la persecución de los delitos investigados y, con ello, a declarar inválidos los actos de Estado que impidan o limiten dicha persecución”.
Luego de afirmar la obligatoriedad de cumplir con los tratados internacionales sobre derechos humanos, los fiscales señalaron que “no existe espacio para seguir discutiendo si las llamadas leyes del perdón son constitucionales o no”.
Al defender la anulación de las normas de Punto Final y Obediencia Debida por el Congreso, Freiler y Delgado afirmaron que, con esa medida, el Estado argentino “está reconociendo que aquéllas atentan contra el derecho a las garantías judiciales de las víctimas de acceder a la jurisdicción criminal y demandar a los responsables de las violaciones a los derechos humanos y está reafirmando el deber de investigar y combatir la impunidad”. Además, destacaron que, más allá de la aplicación de la ley que anuló las leyes de Punto Final y Obediencia Debida, el Poder Judicial “conserva la augusta misión” de control de la constitucionalidad. “De tal suerte, no puede dejar de someter a examen dichas leyes y declararlas inválidas, como tampoco puede evitar desconocer efectos jurídicos a las sentencias judiciales que hayan hecho aplicación de esas normas inconstitucionales.”

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