SOCIEDAD › EL JUEZ PIDIó TRATAMIENTO PARA DOS PROCESADOS Y LOS RECHAZARON

Libres por falta de hospital

Un juez de Lomas de Zamora ordenó la excarcelación de dos personas procesadas por tráfico de drogas y que sufrían de adicción. Pidió que las atendieran en el Hospital Evita pero no las aceptaron. El juez consideró que es una responsabilidad del Estado y las liberó.

 Por Emilio Ruchansky

Sufrieron el síndrome de abstinencia en el calabozo de una comisaría. Los imputados eran dos dealers, una mujer y un hombre en silla de ruedas. El juez de garantías de Lomas de Zamora, Daniel Viggiano, los eximió de ir a la cárcel porque clínicamente se les había indicado un tratamiento y el hospital zonal rechazó su atención pese a contar con camas. El argumento del magistrado es que “si el Estado pretende restringir la libertad de las personas que gozan de la vigencia del principio de inocencia, primero debería plantearse dónde alojarlos en condiciones dignas”. El problema de fondo, indicaron varios especialistas, reside en el déficit compartido entre el Servicio Penitenciario Federal y el Ministerio de Salud para tratar las adicciones tras las rejas.

El primer caso sucedió en septiembre del año pasado, luego de que la policía allanara una casa en el partido de Lomas de Zamora y detuviera a una mujer de 50 años que guardaba una considerable cantidad de cocaína. Cuando llegó a la comisaría, la señora presentó una patología que cuadraba con el síndrome de abstinencia. “Por lo engorroso de conseguir un cupo en los centros de tratamiento de adicciones de los servicios de penitenciaría –recordó Viggiano en diálogo con PáginaI12– y ante un dictamen del médico legista que indicaba que la mujer tenía que ser internada de inmediato, ordené que se la derive al Hospital Interzonal Evita (en Lanús).”

Sin embargo, en ese hospital se negaron a recibirla porque supuestamente no reunía las condiciones para una internación. El juez, a cargo del Juzgado de Garantía 6 de Lomas de Zamora, denunció al que dispuso el rechazo y permitió que la mujer afrontara el proceso legal en su casa. “Si el Estado pretende restringir la libertad de las personas que gozan de la vigencia del principio de inocencia, primero debería plantearse dónde alojarlos en condiciones dignas y aptas para atender aquellas contingencias que pudieren presentarse”, sostuvo Viggiano.

La misma explicación fue esgrimida el miércoles pasado, en un fallo donde ordena liberar a un hombre de 40 años que debe movilizarse en silla de ruedas. “Tengo un detenido que está esperando que lo operen hace más de dos meses –aseguró el juez–. Si yo espero una semana a que el Servicio Penitenciario me diga si puede darle o no un tratamiento a una adicta, ¿qué hago mientras tanto? ¿Y si se muere?”.

Sergio Paduczak, de la Comisión de Cárceles de la Defensoría General de la Nación, opinó que la decisión de Viggiano es “ajustada a derecho” pero admitió que no es lo normal. El abogado repasó los Centros de Rehabilitación de Drogadependientes (CRD) que existen en las cárceles federales. Le alcanzaron los dedos de una mano para contarlos: “Está la unidad 3 de Ezeiza, que es para mujeres; hay otro para menores adultos (de entre 18 y 21 años) en Marcos Paz y se abrieron CRD muy chicos en Rawson, Chaco y en el Norte”. El número de presos federales trepa a 9 mil, estimó.

Los cupos más generosos para atenderse no pasan de las 30 personas y aunque hay cuatro etapas en el tratamiento (lo que ampliaría el margen más optimista a un cupo 120 personas) lo cierto es que rara vez un preso puede entrar al tratamiento en una etapa más avanzada. “Durante muchos años los detenidos que sufrían de abstinencia eran derivados a la Unidad 20 del Borda. Ahí lo que se hacía era estabilizar la abstinencia con tranquilizantes pero no se realizaban tratamientos de adicciones. Además,el lugar estaba superpoblado”, comentó Paduczak.

Desde la Defensoría se relevó el lugar (los internos dormían en el piso y defecaban en un balde) y se elevó un hábeas corpus el año pasado para rever la situación y que el Servicio Penitenciario Nacional se hiciera cargo de los presos drogadependientes. “El Borda es un lugar para enfermos psicópatas, no para adictos”, diferenció el abogado. Pocos meses después surgieron más CRD, aunque la situación está lejos de normalizarse.

De hecho, el tema ha sido mencionado en el primer informe oficial del Comité Científico Asesor en Materia de Control del Tráfico Ilícito de Estupefacientes, Sustancias Psicotrópicas y Criminalidad Compleja del ministro de Justicia, Aníbal Fernández. En el escrito que circuló la semana pasada por despachos de ministros, diputados y legisladores se señala que en el caso de las “mulas” que transportan drogas en su cuerpo y fueron apresadas, “las condiciones y el tiempo de detención son reñidas con los instrumentos de Derechos Humanos”.

Consultado al respecto, el juez Martín Vázquez Acuña (uno de los integrantes de dicho Comité y especialista en la relación entre drogas, HIV y cárceles) reconoció la existencia de “un déficit en todo el país” en la oferta de tratamiento para los presos con adicciones. Más allá de la medida cautelar dictada por una autoridad judicial (por ejemplo, la prisión preventiva), para este juez “hay que asegurar la integridad física de las personas y hacer un balance entre el derecho a la salud y el derecho de la sociedad de mantenerlo encerrado”.

Las responsabilidades, afirmó este especialista, son compartidas entre el Servicio Penitenciario Nacional y el Ministerio de Salud. Ambas instituciones deben encargarse de que los reclusos reciban el tratamiento adecuado si lo solicitan. Se trata del principio de equivalencia por el que los presos merecen el mismo trato dentro y fuera de la cárcel. “Los muros –concluyó Vázquez Acuña– no pueden ser un obstáculo para acceder a la salud.”

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En los hospitales públicos pueden existir camas libres, pero no suelen aceptar casos penitenciarios.
 
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