SOCIEDAD › DOS JOVENES DETENIDOS EN CONDICIONES ATROCES
La huelga de hambre
Tienen el terrible privilegio de ser los primeros menores de edad condenados a cadena perpetua en el país. Su caso llegó hasta la CIDH, pero ellos pasaron por los peores pabellones, en las peores condiciones, ante la indiferencia de las autoridades carcelarias. Una historia dramática de final abierto.
Por Marta Dillon
“Nosotros sabemos que hicimos daño psicológico y moral. Hasta quitamos una vida, señora. Pero ahora nos están matando despacito, somos muertos vivos, señora.” Lucas Mendoza habla pausado y con los ojos verdes algo perdidos. Su compañero, Claudio Núñez, asiente a su lado. La huelga de hambre que iniciaron hace casi quince días les hunde las mejillas. Tienen 22 y 23 años de edad, siete de detención y un oscuro record: son los primeros adolescentes condenados a reclusión perpetua aun cuando eran menores al momento de cometer los delitos que les imputan. Por esta causa el Estado ha sido denunciado ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. El Tribunal Oral que los sentenció, y la Cámara de Casación Penal y la Corte Suprema de Justicia que ratificaron la pena, han violado sistemáticamente la normativa vigente de jerarquía constitucional que los protege. Y por lo tanto los derechos fundamentales de estos dos jóvenes que necesitaron dejar de alimentarse para llevar su reclamo más allá de los muros de la “tumba”, en la que hasta ahora no han podido siquiera terminar su escolaridad.
La condena que les impuso a Lucas Mendoza, Claudio Núñez y César Mendoza en 1997 el Tribunal Oral de Menores 1 no sólo viola la Convención Internacional de los Derechos del Niño sino que, además, y por primera vez en una sentencia firme, desecha los beneficios que les otorgaría la ley 22.278 para delitos penales cometidos por menores entre los 16 y 18 años. Esta ley, sancionada durante la última dictadura militar y en la que se consagra la absoluta discrecionalidad de los jueces para aplicarles o no el régimen penal de adultos, prevé el régimen de tutela mientras son menores y después da la posibilidad de aplicarles las penas del sistema penal de adultos para los delitos en grado de tentativa. “Con este fallo se rompe el pacto paternalista tutelar con que los jueces aplicaron la 22.278 hasta ese momento”, dice Emilio García Méndez, presidente de la Comisión de Minoridad del Colegio Público de Abogados. Pero lo más grave es que los magistrados violaron la Convención Internacional de los Derechos del Niño que forma parte de la legislación interna desde 1990 y tiene jerarquía constitucional desde 1994. La CIDH es clara cuando se refiere a que las penas privativas de libertad para los niños –toda persona menor de 18– tienen que ser aplicadas “por el menor tiempo posible”. Además, veda explícitamente la aplicación de la pena de prisión perpetua sin posibilidades de excarcelación en su artículo 37.
“Sin posibilidades de excarcelación” son las cuatro palabras de las que la Cámara de Casación Penal, en el argumento de uno de sus miembros, Pedro David, se sirve para ratificar la condena entendida como inconstitucional incluso por el Observatorio del Sistema Penal y los Derechos Humanos de la Universidad de Barcelona. David argumenta que la legislación argentina contempla que, pasados veinte años de cumplimiento efectivo de la condena, es posible gozar del beneficio de la libertad condicional. Y también alude a la facultad de acceso a salidas transitorias o regímenes de semilibertad. Claro que estos beneficios son posibles siempre que el Servicio Penitenciario Federal los considere oportunos y que los internos hayan podido estudiar y trabajar en la cárcel, mostrando así sus deseos de cambio. Es decir, dependen de una administración que no se caracteriza por facilitar la reeducación de las personas a su cargo, sino que falla sistemáticamente en este sentido. De hecho, estos jóvenes no han podido aún aprender oficio alguno, mucho menos terminar su escuela secundaria.
Con la sentencia que se aplicó a Núñez y Mendoza, Argentina se convirtió en el país más brutal en cuanto a las penas aplicadas sobre menores de toda Latinoamérica. García Méndez, que participó de la adecuación de las leyes penales internas a las de la CIDH en todos los países de América latina y el Caribe, suma un dato más: “El país más duro en cuanto a penas privativas de libertad es Costa Rica, que prevé diez años de reclusión. En Argentina ya contamos, al menos ocho condenas a prisión perpetua para menores. Ninguna en la provincia de Buenos Aires. ¿Por qué? Porque además de ser el país más brutal en cuanto a penas, en la provincia tenemos los escuadrones de la muerte que directamente aniquilan a los niños. No hay más que recordar la acordada de la Suprema Corte de la Provincia que denunció esto en el año 2001”.
Marginados
“Me encuentro alojado en el PB A celda individual donde permanezco las 24 hs. Sin tiempos de recreación, sólo 15 minutos para limpiar mi celda y asearme, almuerzo y ceno en la misma celda, solo, no convivo ni tengo esparcimiento con ningún interno. Sr. Juez me encuentro enfermo por la soledad al no conversar con nadie (...) tampoco voy a la capilla, no realiso (sic) ningún trabajo, no asisto a ninguna clase, ni oficio ni escuela (...) cada día que pasa es una eternidad.” Este es sólo un párrafo de los muchos que usó Lucas para pedirle a su juzgado de ejecución que revea el modo en que cumplía su condena en el penal de Neuquén, al que llegó después de haber rotado por el instituto de menores Manuel Belgrano y los penales de Caseros, Marcos Paz y Ezeiza. Lucas está casi ciego por la concurrencia de una cicatriz de toxoplasmosis y un golpe que le asestaron en la cabeza en el instituto Belgrano. Hace dos meses la procuración penitenciaria logró que se lo trasladara al penal de Devoto para que atendiera su dolencia. Todavía no se le ha hecho ni un solo estudio.
Claudio Núñez apenas recuerda el corto tiempo de su vida que pasó fuera de las instituciones. A los 12 ya conocía a la perfección el oficio de ayudante de panadero, él era uno de los sostenes de una familia de cinco hermanos. Nunca pudo progresar. A esa edad fue quien salió en defensa de su hermana, abusada por el papá de ambos, y de su madre, sistemáticamente golpeada. “Mi papá era policía retirado, de Tucumán, tenía otra familia y venía cada dos meses a pegar y amenazar con el arma. Un día se la saqué, porque mi hermana se había querido suicidar y yo sabía por qué era. Se disparó primero, y después volví a tirar porque no sé qué hubiera hecho mi padre conmigo si no.” Para “protegerlo” se lo institucionalizó. Nunca recuperó su libertad. Claudio volvía algunos días a su casa y se supone que entonces cometió los delitos gravísimos que él no discute en general, aunque asegura que algunos hechos fueron cometidos mientras estaba en el Hogar Alborada, en donde su conducta era calificada como “ejemplar”. Claudio peregrinó por tantos penales como Lucas, sólo que en lugar de ir a Neuquén fue al penal de Rawson, donde raramente su familia podía visitarlo ya que no recibía del Estado ninguna ayuda económica para hacerlo. ¿De qué modo estos jóvenes podrían afianzar vínculos familiares y sociales que les permitirían acceder a regímenes de libertad transitoria si la misma institución –el Servicio Penitenciario Federal– que podría recomendarla los aísla y les impide toda posibilidad de educación o trabajo?
A la situación de hecho habría que sumar que para entrar en el “régimen de progresividad” que otorga el puntaje de conducta para acceder a beneficios que acorten la condena es necesario tener sentencia firme. Claudio y Lucas están detenidos por estas causas desde 1997, hasta mayo de 2002 el SPF no los ingresó en ese régimen. “Cuando uno tiene condenas largas siempre lo mandan a pabellones de máxima seguridad, de psicópatas, con gente de mala conducta. Además, en cada traslado los agentes te pegan, ellos dicen que cumplen órdenes, pero si uno se defiende ‘lo empapelan’, te quitan la conducta, te mandan a ‘buzones’”, dice Claudio, haciendo gala de lo aprendido en los penales.
La huelga
Claudio y Lucas decidieron comenzar la huelga de hambre como única posibilidad de ser escuchados. Si la abogada de oficio Stella Maris Martínez pudo presentar un recurso ante la CIDH fue porque la casualidad le permitió “entrar en diálogo”, como dice Lucas, con uno de los detenidos que nunca había sido notificado personalmente que su última posibilidad frente a la Corte Suprema no había dado resultado. A los secretarios de la Corte no les resultó importante comunicarles el resultado a los chicos, por pocos días casi quedan fuera de los tiempos procesales de la Comisión.
La petición de la defensora oficial fue acompañada por otra, en carácter de amicus curiae, de Francisco Mugnolo, procurador penitenciario, que conoce de sobra las condiciones inhumanas de las cárceles argentinas. Y es desde la Procuración que se sigue la evolución de los chicos desde que tomaron la decisión de dejar de comer.
La adecuación de la legislación interna a la Convención Internacional de los Derechos del Niño es una cuenta pendiente de la democracia argentina, que se ha resistido a saldar incluso los sectores llamados progresistas –a excepción del bloque del ARI que a través de la diputada Laura Musa presentó un proyecto en el año 2000–. “Aquí hemos oscilado entre el paternalismo ingenuo y el retribucionismo hipócrita y esto tiene que ver con una mirada esquizofrénica sobre los adolescentes que solo puede verlos como ángeles o demonios”, dice García Méndez, aludiendo a la resistencia para crear un régimen de responsabilidad penal para adolescentes.
“Después del mío se presentaron muchos proyectos para legislar sobre la responsabilidad penal de los jóvenes, ya que se trata de eso y no de bajar la edad punible para incorporarlos antes al régimen de adultos. Pero nunca llegan a tratarse. Ahora presentamos un proyecto para que las Cámaras legislativas, al menos, controlen que no se violen los derechos de niños, niñas y adolescentes con este tipo de penas”, dice Musa, en consonancia con otros organismos como la Comisión Argentina de Seguimiento de la aplicación de la CIDN que preside Estela Carlotto. “La violación de los derechos humanos de la infancia merece todo el repudio institucional, pero además hay que tomar medidas específicas. Nosotros vamos a pedir que se le siga el juicio político a los magistrados que la desconocen sistemáticamente.” Lo que incluiría a los integrantes del TOM 1 y a los mismos jueces de la Corte Suprema.
Mientras, los jóvenes siguen esperando, alimentando sus módicos sueños: “Yo quiero pasar un tiempo con mi mamá, con mis hermanas, porque cuando me detuvieron ya me iba a tocar estar con ella”, dice Claudio. “Mi familia no me enseñó a hacer lo que hice. Para mi mamá y mi abuela –su papá lo abandonó a los 9– romperse el lomo trabajando era la manera. Yo sin decir nada las quería salvar. Ahora ya conozco el sufrimiento”, dice Lucas. Lo que los chicos desean, sobre todas las cosas, es una oportunidad. Eran personas en formación cuando cometieron los delitos, pero eso no fue tomado en cuenta, ni siquiera para seguir educándolos. “El planteo –dice García Méndez– no es pasarles la mano por la cabeza, pero sí establecer un régimen penal que guarde el equilibrio entre el derecho a la seguridad colectiva y los derechos individuales.”