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La Corte frena un desalojo

La Corte Suprema dejó sin efecto el desalojo de dos integrantes de la comunidad mapuche en Río Negro ordenada por la Justicia local, y pidió el expediente para analizar los argumentos de los integrantes de los pueblos originarios sobre los derechos ancestrales sobre la propiedad. El fallo, firmado por los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Juan Carlos Maqueda y Raúl Zaffaroni, hizo lugar al planteo formulado por Esther Palma y Alberto Orellana, integrantes de la Comunidad Mapuche Las Huaytekas y actuales ocupantes del inmueble. Según el Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), el lugar fue “tradicionalmente” ocupado por la comunidad aborigen, pero la propiedad es reclamada hoy por el particular José Luis Martínez Pérez. El fallo de la Corte “entendió que las constancias acompañadas por la citada comunidad daban cuenta de que la controversia planteada podía, prima facie, involucrar cuestiones de orden federal susceptibles de examen”, según explicó el sitio de Internet del alto tribunal. Así, dispuso “la suspensión del curso del proceso, sin que esto implicara pronunciamiento sobre el fondo del asunto”, y pidió el expediente principal para estudiar una resolución definitiva sobre el caso.

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