Lunes, 2 de diciembre de 2013 | Hoy
SOCIEDAD › CREAN POR LEY LA FIGURA DEL “ABOGADO DEL NIÑO” EN LA PROVINCIA
La Legislatura bonaerense sancionó una norma por la cual los niños y adolescentes podrán contar con un abogado en todas las cuestiones civiles, familiares o administrativas que los afecten. Será para garantizar la “defensa autónoma” de los niños.
La provincia de Buenos Aires contará con la figura del “abogado del niño”, que tiene por objetivo garantizar de forma plena y autónoma el derecho a la defensa de los niños, niñas y adolescentes, según una ley sancionada en la Legislatura provincial.
La norma, elaborada por la diputada por Nuevo Encuentro, Natalia Gradaschi, crea una nueva figura cuya función específica será garantizar la “defensa autónoma” de los niños, niñas y adolescentes de toda la provincia en cualquier procedimiento judicial. “El abogado del niño representará los intereses personales e individuales de los niños, niñas y adolescentes legalmente ante cualquier procedimiento civil, familiar o administrativo que los afecte”, estableció la ley.
Gradaschi explicó que “nuestro objetivo fue garantizar que en todas las instancias administrativas y judiciales en las que estén involucrados menores sin límite de edad se escuchen los deseos, las necesidades y los intereses de los niños, niñas y adolescentes, y que esa voz que oigan las autoridades sea tenida en cuenta y se refleje en la decisión final que se adopte”.
La figura del abogado del niño se basa en la Ley 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, quienes –según establece la norma– deben poder expresarse libremente, que sus opiniones sean tenidas en cuenta, poder peticionar ante las autoridades y contar con una asistencia letrada. “Esto que plantea la Ley de Protección Integral es lo que incorporamos a la legislación provincial, ampliamos derechos en consonancia con el proyecto nacional de ampliación de derechos para todos y todas”, señaló la legisladora de Nuevo Encuentro.
En todos los procedimientos será “obligatorio informar al niño, niña y adolescente de su derecho a ser legalmente representado por un abogado del niño”. La ley crea un Registro Provincial de Abogados del Niño en el ámbito del Colegio de Abogados de la provincia y de cada departamento judicial, donde podrán inscribirse todos aquellos profesionales con matrícula y especialización en derechos del niño y que integren distintas organizaciones de la sociedad civil que trabajen la problemática de la infancia y adolescencia.
La norma aprobada determina que la asistencia jurídica y defensa técnica serán provistas a partir de criterios interdisciplinarios, fundados en el derecho de los niños y niñas a ser oídos y en el principio del interés superior del niño.
La ley también estableció que “el Estado provincial se hará cargo del pago de las acciones derivadas de la actuación de los abogados patrocinantes de los niños”.
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