Jueves, 31 de julio de 2014 | Hoy
El Instituto Nacional Central Unico Coordinador de Ablación e Implante (Incucai) derogó la resolución que habilitaba el uso público de las células de sangre placentaria y del cordón umbilical obtenidas durante el nacimiento y preservadas en bancos, en consonancia con el fallo de la Corte Suprema que declaró inconstitucional esa disposición. Se trata de la Resolución 069/09, que impedía el uso exclusivamente propio de las células progenitoras hematopoyéticas (CPH) al equipararlas con órganos para donación y disponía la inscripción de la sangre placentaria y el cordón umbilical en el Registro Nacional de Donantes de Células Progenitoras Hematopoyéticas. El 6 de mayo de este año, la Corte Suprema confirmó una sentencia anterior de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal que había ratificado, a su vez, una acción de amparo a favor de los padres en espera de un hijo. En esas sentencias la Justicia había declarado la inconstitucionalidad de la Resolución 69/09, que los obligaba a ser donantes para uso alogénico (de quien lo necesite) de las células. Por unanimidad, la Corte siguió el dictamen de la procuradora fiscal Laura Monti, según el cual el Incucai no resulta competente para el dictado de tales disposiciones porque no tiene facultades ni funciones de esa índole delegadas por la Ley 24.193, sobre trasplantes de órganos. La derogación se dispuso a través de una nueva Resolución, la 262/2014 publicada ayer en el Boletín Oficial.
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