SOCIEDAD › OPINION

Aclaración sobre la Brigada Niñ@s

 Por Eva Giberti

“Las niñas y adolescentes, también los niños que padecen explotación sexual comercial (habitualmente mal llamada “prostitución infantil” ) por parte de los clientes o usuarios, son víctimas.

Son víctimas que habitualmente no se reconocen a sí mismas como tales, de modo que no contamos con sus denuncias, ya que suponen que quedar a merced de un cliente o del adulto explotador forma parte de su “trabajo”. Lo suponen porque lo aprendieron como derivado de las enseñanzas de otros adult@s que suelen ser parte de sus familias.

Cuando –como actividad de las Brigadas Niñ@s del Programa las Víctimas contra las Violencias, del Ministerio del Interior– las encontramos en la calle, no forman parte de lo que se denomina “oferta de sexo en la vía pública”, lo que constituirá una contravención, y por lo tanto el cliente sería un contraventor. Por el contrario, nos enfrentamos con víctimas producto de un cliente o victimario, cómplice y activista de la explotación sexual comercial, lo cual constituye un delito. O sea, fuero penal.

Las palabras contravención y contraventor@s no forman parte del corpus ético y técnico de las intervenciones de la Brigada Niñ@s, uno de cuyos objetivos es promover estrategias de disuasión, es decir, desalentar el entusiasmo masculino en búsqueda de niñ@s y adolescentes para satisfacer sus ansias de poder sexualmente expresadas. No se pretende disuadir al cliente que tripula un auto o camioneta: se lo detiene y/o se labra el acta pertinente. A la Justicia le corresponde la decisión respecto de la sanción posible, de acuerdo con las pruebas que Su Señoría reclame.

La aparición de esta Brigada ha puesto de manifiesto la contradicción que se evidencia entre el Código Contravencional de la ciudad de Buenos Aires (que no remite a criaturas menores-contraventor@s, excepción ajena al tema explotación) y el Código de Procedimientos que autoriza a un fiscal contravencional para iniciar una causa a una niña o adolescente en esta situación. Un procedimiento que vulnera los derechos de las víctimas.

El tema –cuyas características y derivaciones jurídicas, socioeconómicas, políticas y psicológicas son múltiples y complejas– demanda otras aclaraciones en relación con las víctimas y está siendo asesorado por técnic@s comprometid@s con la Convención de los Derechos del Niño y por el Protocolo Facultativo que acompaña dicha Convención.

No alcanza con escandalizarse ante la notoria presencia de la explotación sexual comercial de niñas y adolescentes en las calles de la ciudad y en todo nuestro país. No alcanza.

Porque los clientes y l@s rufian@s persisten y avanzan merced a los pasaportes de impunidad y de inmunidad que la comunidad les otorga: al fin y al cabo se trata de chic@s pobres, en situación de calle: y ya nos acostumbramos a verl@s. Nosotr@s NO.

* Coordinadora del Programa Las Víctimas contra las Violencias. Ministerio del Interior.

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