Viernes, 4 de septiembre de 2015 | Hoy
CINE › IMPORTANTE AUMENTO DE SUBSIDIOS PARA EL CINE NACIONAL
El gobierno nacional aumentó los subsidios destinados a producciones de películas argentinas, reinversión y compra de equipamientos para la industria cinematográfica. La medida, según se explica en los considerandos del decreto 1810/2015, que lleva las firmas de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner y la ministra de Cultura, Teresa Parodi, y que fue publicado ayer en el Boletín Oficial, se adoptó debido a que “en la actualidad y en lo que respecta a los costos de filmación de películas nacionales, se han producido variaciones al alza en diversos rubros que afectan la continuidad de la inversión en la industria cinematográfica”. “En ese marco, y a los fines de garantizar mayor celeridad y dinamismo al fomento y producción de películas nacionales de largometraje, resulta necesario establecer un nuevo tope máximo a otorgar en concepto de subsidio a las películas nacionales de largometraje”, añade el texto.
Destaca asimismo que “resulta necesario fijar nuevos montos como tope para el otorgamiento del subsidio, de manera tal de permitir a las producciones de alto presupuesto condiciones adecuadas de competitividad con grandes producciones internacionales”. De acuerdo con el decreto, los largometrajes denominados de “primera vía” (aquellos en que la productora acredite cinco largometrajes estrenados, o tres en los últimos tres años y haya financiado el 80% de su costo) tendrán un respaldo máximo de $ 6.400.000 cuando sean de “sin interés especial”, mientras las películas “con interés especial” podrán recibir un apoyo oficial de $ 8.750.000.
Para la “segunda vía” (productoras con al menos un largometraje como productor o coproductor estrenado comercialmente, y 50% de financiación propia) el subsidio máximo será de $ 4.800.000 en películas “sin interés especial”, mientras que “con interés especial” el tope fijado es de $ 5.550.000. En cuanto a la modalidad de películas de “tercera vía” (mínimo, un largometraje digital, serie de TV digital o programa unitario como productor o coproductor, estrenado o emitido comercialmente, y 50% de la financiación), habrá un monto máximo de $ 2.400.000 en el ítem “sin interés especial” y de $ 3.200.000 en el de “interés especial”.
La norma aclara que en los casos en que el monto del costo definitivo de producción de la película que se subsidia fuere inferior a lo establecido, el máximo del subsidio a otorgar “será el equivalente a dicho costo definitivo de producción reconocido”. El decreto actualiza también las subvenciones que se destinarán a reinversión para la producción de una nueva película o compra de equipamiento industrial. Al respecto, se mantienen las mismas proporciones pero se elevan los montos considerados: 5% sobre el subsidio liquidado, hasta 3,8 millones de pesos; 10% cuando se exceda de la suma anterior; y 20% si la reinversión supera los 5,2 millones de pesos.
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