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Viernes, 20 de junio de 2014

El plus de las redes rotas

El informe del OVG de la Defensoría provincial que se presentará en agosto.

 Por Roxana Sandá

La problemática de niñas y niños que viven con sus madres en las unidades penitenciarias de la provincia de Buenos Aires son preocupantes en tanto no existen condiciones de detención adecuadas para el ejercicio efectivo de sus derechos. Pero esto es una parte de las implicancias que el arresto de una mujer produce también en relación a los vínculos con lxs hijxs extramuros. La detención de aquélla bajo el régimen de prisión preventiva provoca rupturas en la estructura organizativa y de cuidado en la red familiar, afectando el acceso a derechos de lxs hijxs a su cargo, mientras que el estado de vulneración en que quedan las criaturas o el deterioro de ese vínculo a partir de la detención, repercuten en la madre como un plus de angustia y desvalorización. Estas conclusiones son un adelanto del informe final sobre el programa Ejercicio de la maternidad de mujeres detenidas en unidades carcelarias de la provincia de Buenos Aires, elaborado por el Observatorio de Violencia de Género (OVG) de la Defensoría provincial, que se presentará en agosto próximo y al que tuvo acceso este suplemento. Allí se aborda la problemática de la maternidad en y desde el encierro, con un relevamiento de políticas y prácticas institucionales. “Las medidas de restricción de libertad que los órganos de la administración de Justicia dictan en relación con una mujer madre, traspasan la propia individualidad y se trasladan a sus redes vinculares y comunitarias”, anuncia el informe, y avisa que invisibilizar o negar los efectos que produce la privación de libertad de las mujeres “convierte en desproporcionado y por tanto en irracional, el ejercicio del poder punitivo del Estado”.

El contexto que plantea el documento es por lo menos desaprensivo, cuando señala la ausencia de una información estadística desagregada, rigurosa y confiable del Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB) para relevar un marco de relaciones sociales de las detenidas, que permita analizar la situación de todas las mujeres madres y de sus hijxs intra y extramuros. “Como las autoridades del SPB no llevan un registro de esa información, se desconoce el número absoluto de niños y niñas afectados y el porcentaje de mujeres encarceladas con niños a cargo”, explica la coordinadora del OVG y directora del Programa, Laurana Malacalza, que junto con la abogada e investigadora Sofía Caravelos indagaron en los efectos que produce la privación de la libertad sobre las mujeres madres.

“En principio, no existe un protocolo de intervención de las fuerzas de seguridad para la detención de mujeres. Lo que se resuelva con la situación de sus hijos en el momento concreto de la aprehensión policial, depende de la ‘buena voluntad’ de los funcionarios intervinientes”, dice Malacalza. Y es que en ese primer momento el cuidado de lxs niñxs se dirime de manera precaria, entre vecinas o con algún adulto presente en el lugar. “El grupo familiar que recoge a los niños/niñas mayores de 4 años –señala el informe–, por lo general prosigue la línea materna (madre y/o hermanas de la mujer detenida), concentrando a todos los hermanos/as, que en muchos casos son de distintos padres. La figura paterna no aparece como alternativa eficaz para el cuidado, pues en la mayoría de los casos en los que está presente sólo es en relación con el hijo/a propio y no con el conjunto de los niños/as afectados.” Por parte del Estado provincial, no existen acciones que tiendan a fortalecer esos aspectos, delegando en los vínculos familiares de las mujeres detenidas el cuidado y el sostenimiento de lxs niñxs. “El Servicio Social de la Unidad Penal N 33 de Los Hornos dio cuenta de que es muy frecuente que se disponga la institucionalización de los niños y niñas que quedan fuera de la Unidad, lo cual es gravísimo –explica Malacalza–, pero tampoco existen datos estadísticos de esta circunstancia.” En cambio, los registros que se labran sobre esxs niñxs exhiben categorías abstractas del tipo “abandono”, en lugar de “situación de adoptabilidad”, que al menos ayudaría a historizar un poco más la situación.

En su uso y costumbre, la prisión preventiva no debería ser un instrumento de aplicación automático y generalizado. Sin embargo la estrategia cierra, si se observa el incremento de la población femenina en cárceles bonaerenses, en especial a partir de la aplicación de la Ley de Estupefacientes 23.737. El informe resalta que los tipos penales contenidos en la ley no hacen distinción de sexo entre hombres y mujeres, pero su aplicación produjo un impacto diferenciado, según se trate de unos u otras, que se traduce “en un incremento significativo en la criminalización de mujeres pobres imputadas por el delito de tenencia simple de estupefacientes, facilitación gratuita y tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. Cerca del 40 por ciento de las mujeres privadas de la libertad en Buenos Aires lo está por delitos tipificados en esta legislación”. Para Malacalza existe un exceso en la utilización de la prisión preventiva y su prolongación en el tiempo que impacta gravemente en las mujeres y sus hijxs. “Preocupa la falta de articulación entre los órganos con competencia, para establecer acciones que favorezcan el acceso de las mujeres a medidas alternativas a la prisión.”

Las propuestas contenidas en el documento que verá su anuncio oficial en agosto contemplan el acceso a la Justicia articulado entre organismos institucionales; la elaboración de un protocolo de buenas prácticas para la detención de madres con perspectiva de género e intervención de los órganos del Sistema de Promoción y Protección de Niñez, y el dictado desde la Corte Suprema provincial de una resolución, para revisar los pedidos de arresto domiciliario pendientes de mujeres madres. Se exige que los defensores oficiales formulen en tiempo y forma esos pedidos, “y planteen la inconstitucionalidad de la normativa que establece la suspensión de la patria potestad” de las condenadas.

En el mientras tanto, lamenta Malacalza, “lo que sigue obturando el acceso de estas mujeres a una medida morigeradora de la pena o alternativa a la prisión es la utilización sistemática de la prisionización y la invisibilización de la experiencia femenina en los procesos judiciales”. La denegación de esas medidas bajo argumentos como “peligro de fuga”, “magnitud de la pena en expectativa” o “entorpecimiento probatorio” es utilizada no sólo para privilegiar fines procesales, sino porque existe un marcado condicionamiento de clase que pesa sobre las detenidas pertenecientes a sectores populares. “La maternidad como parte de una estrategia judicial tendiente a superar la prisión preventiva termina entrampada en relaciones sociales y de poder desventajosas –concluye–, sometida a los paradigmas dominantes en el Derecho Penal y en la administración de justicia.”

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Imagen: Carolina Camps
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