Viernes, 13 de julio de 2012 | Hoy
CIUDAD › SIETE AñOS DE PRISIóN POR VIOLENCIA DE GéNERO
Por Lorena Panzerini
"La maté", dijo con el arma en la mano y en voz baja Jorge Fernández, al ver a Laura María Casas tendida en medio de la calle, con un balazo en la nuca. El hombre, que tenía 54 años al momento del hecho perpetrado en la zona rural de la localidad de Godoy, 60 kilómetros al sur de Rosario, fue condenado por la justicia local a siete años de prisión por dejar cuadripléjica a la joven madre de 28 años en un "intento de homicidio". Esta semana, la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo penal confirmó la pena. "Nuevamente se está ante un caso de violencia de género contra una mujer, que debe tener consigna sanción", señalaron los camaristas Otto Crippa García, Alfredo Ivaldi Artacho y Carina Lurati, en el fallo.
Alrededor de las 8.45 del 1º de noviembre de 2010, Laura volvía en su moto de dejar a su hijo en la escuela, como todas las mañanas. Jorge Fernández la esperó "sabiendo que pasaría por la puerta de su domicilio" porque era el trayecto diario de la víctima. Cuando la joven pasó por la tranquera de la casa de Fernández, éste salió corriendo y la tomó del cuello. "Yo manejaba despacio y de pronto lo tuve encima", dijo la joven. En segundos, el hombre le disparó con un arma de fuego --que no tenía autorización legal en la nuca. "Pensé que me había pegado con un palo en la cabeza", declaró Laura, que como consecuencia del ataque no puede mover sus extremidades. Tras el balazo, la mujer cayó al suelo hacia atrás y su moto continuó el camino alrededor de 100 metros más. La bala se alojó en la quinta vertebra cervical.
Fernández llamó a la comisaría después de que una ambulancia asistiera a Laura. Dijo que quería "intimidarla", pero se disparó el arma. Acusado por "homicidio en grado de tentativa agravado por el uso de arma de fuego y portación ilegítima de arma de uso civil", Fernández dijo en la Justicia que "la esperó con un revolver que era del dueño del campo, y que ese mismo día lo probó para ver cómo andaba; y cuando ella llegó frente de su casa, él estaba en el medio del camino rural y le hizo señas para que se detuviera, pero ella le tiró la moto encima y aceleró. En ese momento saltó para atrás y salió un disparo del arma no sabiendo dónde impactó el mismo", argumentó. También manifestó que simplemente quería --como ya había hecho en otras oportunidades-- "intimidarla".
Argumentó que desde hacía más de un año habían tenido un "acercamiento sentimental y comercial" con la chica. Según indicó, él mismo "tomó la iniciativa de cortar la relación", expresa la resolución.
Para los jueces, "no resulta lógica la hipótesis de que solo pretendió asustarla", porque el disparo no había impactado en el cráneo. Además, agregan que "cuando dispara el imputado, su acercamiento a la víctima caída no fue para ayudarla, como debería haber sido si no hubiera querido hacerle daño, sino para sacarle las zapatillas como si entendiera que la mujer estaba muerta, a tal punto que la misma víctima dice haberle oído decir a su lado, 'la maté', yéndose de su lado por la llegada de un vecino".
Al analizar el contexto del hecho, los camaristas expresaron que se trata de "circunstancias reveladoras en alto grado de la intención no solo de lesiones graves a la mujer, sino la de segar su vida, en afán de revancha, de `sanción' o `castigo', lo que tornó operativo con el apretar y presionar el gatillo para que el proyectil sobre la cabeza y a una corta distancia, lo que permite inferir que la posible muerte de la víctima no se evitó en razón de la destreza del imputado".
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