Viernes, 5 de diciembre de 2008 | Hoy
A LA VISTA
El disciplinamiento social de la sexualidad, el libro que presentó el Inadi en el Senado, revisa los Códigos Contravencionales y de Faltas que sobreviven en algunas provincias. Esta investigación se convierte en prueba de la necesidad de eliminar estas herramientas que justifican detenciones arbitrarias en nombre de una supuesta “normalidad”.
Desde hace décadas, junto con la normativa en materia penal, existen en la Argentina instrumentos que se usan para justificar la gran mayoría de los arrestos realizados por las fuerzas de seguridad. Los Códigos de Faltas y Contravencionales son el exponente más difundido de esas normas que suelen dar sustento legal a prácticas discriminatorias y represivas por parte de la policía, y que en varios casos han sido promulgadas durante gobiernos de facto que supieron dejar su huella autoritaria. En la práctica cotidiana, los Códigos de Faltas y Contravencionales son utilizados como pretexto para perseguir y hostigar a personas migrantes, indígenas, niños y niñas en situación de calle, gays, lesbianas, bisexuales y travestis, muchas veces por mera “portación de cara” o, supuestamente, por estar realizando actos que no se condicen con “la moral y las buenas costumbres”. Las fuerzas de seguridad tienen potestad, así, de erigirse en guardianes de los imprecisos márgenes de la “normalidad” que estas reglamentaciones esbozan, y que en el caso del arco GLBTT puede justificar que alguien pueda ser detenido por “vestir ropas o hacerse pasar por persona del sexo contrario” (como se leía hasta no hace mucho en el código de la provincia de Buenos Aires —derogado este año—, y todavía se lee en el de Santa Cruz) o por realizar “gestos o ademanes que ofendan la decencia pública”.
El disciplinamiento social de la sexualidad, el libro que acaba de presentar el Inadi, es un completo informe sobre discriminación en los Códigos de Faltas y Contravencionales de todas las provincias, que ya ha logrado el compromiso de algunos gobernadores para incorporar consideraciones sobre discriminación a los Códigos de Faltas y eliminar todas las cláusulas que reprimen la “homosexualidad” y el “travestismo”.
Basta echar una mirada al informe para darse cuenta de lo retrógrado y anacrónico que son la mayor parte de estos códigos. Y no sólo por su ostensible antigüedad (algunos datan de principios de la década del 50, como los de Jujuy y Entre Ríos), sino también por el uso de categorías como “homosexualismo” o por la asociación de este tipo de prácticas con la “perversión y el vicio”. Para muestra, valga un bochorno: en la Ley de Faltas de la provincia de Jujuy, en el capítulo titulado “De los bailes públicos”, se prohíbe “el baile inmoral o hacerlo entre hombres”. En el Código de Faltas de la provincia de Mendoza (que data de 1965), la perla es la multa que se impone a la “prostitución escandalosa”: “de hasta un millón quinientos mil pesos”, pero de ¡1965!, año en que se redactó la herramienta represiva.
La prostitución es la “falta” que aparece más citada en el informe, el cual extracta de los diferentes códigos las partes que considera como evidencias de lo que el Inadi denuncia. Y es que “si bien la legislación argentina es abolicionista con respecto a la prostitución, es decir, no castiga ni regula su ejercicio por entender que se trata de un problema social y que es función del Estado eliminar las condiciones que lo generan, todos los Códigos Contravencionales y de Faltas reservan un capítulo de su articulado a penalizar la prostitución callejera”. Una situación que afecta sobre todo a las travestis que, expulsadas tempranamente del ámbito familiar, marginadas del sistema educativo y excluidas del circuito económico formal, suelen recurrir a la prostitución como único modo de subsistencia. Por lo que “la penalización de la prostitución callejera no sólo es ilegal sino que desconoce las consecuencias de su ejercicio en lugares privados (casas de citas, cabarets y prostíbulos), lo que alimenta la corrupción de agentes policiales y autoridades políticas y dinamiza el circuitos de trata, explotación y reducción a la servidumbre de mujeres, jóvenes, niños y niñas”.
El informe del Inadi, más que una herramienta de consulta, es prueba de la necesidad urgente de corregir herramientas seudolegales que amparan el abuso de poder y la discriminación.
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