15:17 › EL JUEZ SIGUE EN SUS TRECE

Armella reafirmó su competencia en la toma del Bajo Flores

El titular del Juzgado Federal de Quilmes rechazó el planteo de dos legisladores porteños para que se aparte del caso de la ocupación de viviendas destinadas a los habitantes de "El pueblito", en el marco del plan de saneamiento de la Cuenca Matanza-Riachuelo, tal como lo había ordenado un fallo de la Corte Suprema en 2008. El magistrado calificó las argumentaciones en su contra como “infructuosas, incoherentes y alejadas de la realidad jurisdiccional”.

La declinatoria de competencia había sido presentada por la legisladora Laura García Tuñón, miembro de la Comisión de Viviendas, y por Rafael Amadeo Gentili, de la de Justicia, quienes habían señalado que por tratarse de una cuestión penal, en el caso debía intervenir un juez en lo Criminal de la Ciudad de Buenos Aires y no de la órbita Federal.

Luis Armella rechazó la recusación, basándose en que la sentencia dictada hace poco más de dos años por el Tribunal Supremo “dispuso atribuir competencia a este Juzgado Federal de Primera Instancia a fin de que intervenga en todas las cuestiones concernientes a la ejecución de su pronunciamiento”. Asimismo rechazó el pedido de retipificación del delito al considerar que la solicitud “no se encuadra dentro de una decisión del ordenamiento penal (como erróneamente interpretan los presentantes), sino dentro del marco del fallo dictado por la Corte Suprema”, motivo por el cual “referirse a cuestiones referidas a investigación de delitos, nada tiene que ver con la decisión” del Máximo Tribunal.

De acuerdo con el Centro de Información Judicial, Armella aseguró “deben entender los legisladores que la condena oportunamente dictada pesa sobre los tres Estados en su totalidad; incluido, por supuesto, el Poder Legislativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el cual también dentro de su discrecionalidad debe cumplir los mandatos judiciales ordenados por la CSJN el pasado 08-07-08, dictando o modificando aquellas normas que resulten más beneficiosas y/o de utilidad para su cumplimiento”.

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