Viernes, 19 de mayo de 2006 | Hoy
17:54 › LA CáMARA NACIONAL DE CASACIóN PENAL CONFIRMó LAS ABSOLUCIONES EN EL CASO AMIA
La Cámara Nacional de Casación Penal confirmó hoy las absoluciones de Carlos Telledin, el ex comisario bonaerense Juan José Ribelli y otros tres ex policías, que estuvieron presos entre ocho y diez años acusados de haber participado en el atentado a la AMIA, que en 1994 causó 85 muertos.
El fallo fue entregado en mano a los abogados de los protagonistas del caso, esta mañana, a las 10 horas, en la sede de los tribunales federales del barrio de Retiro, y sin embargo hasta el mediodía no se habían presentados para ser notificados los querellantes por parte de las entidades representativas de la comunidad judía.
Los camaristas Gustavo Mitchell, Pedro David, y Juan Fégoli, en un fallo de 292 fojas, rechazaron por unanimidad los recursos que habían presentado el fiscal de Casación, Raúl Plee, los representantes legales de la AMIA, la DAIA, y la agrupación "Familiares y Amigos de las Víctimas" para que la Cámara declarara nulo el veredicto del tribunal oral federal tres.
De esa manera, ratificaron las absoluciones del ex ‘doblador’ de autos y ex agente civil de la policía cordobesa Telleldin, Ribelli, y los ex policías Mario Bareiro, Anastasio Leal y Raúl Ibarra, todos los cuales eran sindicados como miembros de la llamada "conexión local", que habría colaborado con los autores del atentado, el cual doce años después sigue impune.
La sala II del máximo tribunal penal del país ratificó en todos sus términos el fallo del tribunal oral federal oral número tres, en septiembre de 2004, al considerar que en ese veredicto "no se advierte un supuesto de arbitrariedad en la valoración de la prueba a la luz de la sana crítica racional que permita modificar la decisión absolutoria dispuesta en la instancia anterior".
"La decisión recurrida -argumentaron- ha sido sustentada razonablemente y los agravios del recurrente sólo evidencian una opinión diversa sobre la cuestión debatida y resuelta (...) resolución que cuenta, además, con los fundamentos jurídicos necesarios y suficientes, que impiden la descalificación del fallo como acto jurisdiccional válido".
Y a la vez los camaristas cuestionaron seriamente a la instrucción de la causa conducida por el ex juez federal Juan José Galeano, -el cual resultó destituido por su desempeño en ese expediente- cuandó consideró que "la instrucción de esta causa estuvo signada por un decidido apartamiento de las reglas del debido proceso".
Asimismo, resolvieron que se envíen copias de la resolución al juzgado federal número 6 de Rodolfo Canicoba Corral, secretaría 11 "en tanto allí continúa tramitando la causa relativa a la investigación del atentado" para que eventualmente pueda ser de utilidad en ese expediente.
Y también otro tanto de los mismo al juzgado federal número tres de Ariel Lijo, que investiga "los presuntos delitos que se habrían cometido durante la instrucción" sustanciada por Galeano.
No obstante confirmar las absoluciones, los camaristas hicieron hincapié en señalar que "no se puede dejar de reconocer el legítimo derecho de las víctimas y sus familiares -así como el de la sociedad toda- de conocer acabadamente lo ocurrido y a que los culpables sean efectivamente castigados".
En lo que pareció un llamado de atención al Gobierno y sus cuerpos de seguridad e inteligencia instaron a la vez al Estado a "arbitrar medidas eficaces e integrales" para que otros atentados de este tipo "sean prevenidos y sancionados".
A partir de este fallo el único camino de apelación posible que le queda a los querellantes de la AMIA, la Daia y los Familiares es el de presentar un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia, para lo cual ya oportunamente formularon la reserva de que, si fracasaban en Casación, reclamarían a la más alta instancia del Poder Judicial.
Fuente: DYN
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