Martes, 31 de octubre de 2006 | Hoy
18:59 › SALUD REPRODUCTIVA
La Superintendencia de Servicios de Salud reglamentó hoy en el boletín oficial, el acceso a las prácticas de ligadura de trompas de Falopio y la vasectomía en las entidades del Sistema Nacional del Seguro de Salud.
La publicación oficial establece que las entidades del Sistema Nacional del Seguro de Salud deberán implementar y garantizar el acceso a las prácticas denominadas ligaduras de trompas de Falopio y la ligadura de conductos deferentes o vasectomía.
Agregó que en esas prácticas previstas en el Programa Médico Obligatorio (PMO), deben incluir información en términos claros y adecuados al nivel de comprensión, estado psíquico y características del paciente que desea someterse a ellas.
Señaló que de esa manera, se permitirá al beneficiario poder efectuar una libre elección en cuanto a tratarse o rehusar un tratamiento, según las distintas alternativas terapeúticas.
Puntualizó que se debe propender a la necesaria educación y adecuada preparación de parte de la persona responsable de la explicación y asistencia, de quien demanda un servicio sanitario.
Fuente: Télam
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