ECONOMíA › REINTEGROS DE GANANCIAS POR COMPRAS EN EL EXTERIOR

Ultimos días para pedir por 2013

Quienes hayan utilizado su tarjeta para compras en el exterior o adquirido divisas para turismo durante 2013 tienen hasta el viernes para solicitar la devolución de los anticipos de Ganancias y Bienes Personales abonados por esos consumos. Desde la AFIP afirmaron que pueden solicitar el reintegro de la percepción del 20 por ciento (el 35 por ciento si los gastos se realizaron a partir de diciembre) los trabajadores en relación de dependencia, monotributistas y autónomos, así como quienes no estén alcanzados por esos tributos. El trámite deberá realizarse a través de la página web del organismo recaudador con clave fiscal.

Los contribuyentes a quienes no les corresponde el pago de Ganancias y Bienes Personales tienen que registrar previamente sus datos biométricos (foto, firma y huella dactilar) en cualquier dependencia de la AFIP. Si el organismo encabezado por Ricardo Echegaray convalida la devolución, los recursos serán depositados en la cuenta bancaria que informe cada persona. La solicitud de devolución deberá efectuarse a través del portal de la AFIP (www.afip.gob.ar), ingresando al servicio Mis Aplicaciones WEB. Allí se debe seleccionar el Formulario 746/A Devoluciones y Transferencias. En esa página los contribuyentes podrán visualizar y seleccionar las percepciones que les fueron efectuadas y hayan sido informadas por los agentes de percepción (como emisores de las tarjetas, agencias de viajes o empresas de transporte como Buquebus). La AFIP indica que si la información del sistema está incompleta, el contribuyente podrá incorporar las percepciones faltantes. En todos los casos, informa el organismo recaudador, las personas deberán disponer del extracto bancario, resumen y/o liquidación de la tarjeta de que se trate, en la cual conste la percepción que se está informando. Desde la AFIP aseguran que, en los casos que corresponda, reintegrarán a los contribuyentes los montos retenidos a lo largo de 2013 por sus consumos en el exterior.

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El trámite se hace a través de la página de Internet de la AFIP.
Imagen: Bernardino Avila
 
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