Viernes, 19 de agosto de 2016 | Hoy
ECONOMíA › OPINION
Por Mario Wainfeld
La Corte Suprema ratificó la nulidad del tarifazo del servicio de gas. Confirmó, en esencia, lo decidido por la Cámara Federal en lo Civil y Comercial de La Plata y el dictamen de la Procuradora Alejandra Gils Carbó. La sentencia fue unánime, como le place al presidente del tribunal, Ricardo Lorenzetti, en asuntos de tanta relevancia. Elena Highton de Nolasco y Lorenzetti votaron en conjunto. Horacio Rosatti y Juan Carlos Maqueda se pronunciaron individualmente.
El primer fundamento del fallo es la necesidad de audiencias públicas previas. Exige, además, que los aumentos no pongan en riesgo el patrimonio de los ciudadanos-consumidores. En eso los supremos se apegan a las buenas sentencias previas de tribunales inferiores. La novedad, el alivio mínimo para el Gobierno, fue restringir a los usuarios residenciales el freno a las subas inconsultas y exorbitantes del presidente Mauricio Macri y su equipo.
Los considerandos de la sentencia demuelen los argumentos del oficialismo, claro que reconociendo la potestad del Ejecutivo para fijar las tarifas con arreglo a derecho algo que no se cumplió, ni por asomo.
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Los cortesanos realzan la imperiosidad de las audiencias públicas, impuestas por la reforma Constitucional de 1994, refutando los contradictorios (casi cómicos) argumentos oficiales: no son imprescindibles y ya se realizaron en 2004 y 2005.
La argucia de diferenciar los aumentos del gas en boca de pozo, que estarían exentos del derecho ciudadano a participar, se deja de lado con un aporte propio de la Corte a la jurisprudencia acumulada en tantos juzgados y fiscalías de todo el país.
El Gobierno aducía que ese valor lo fija “el mercado” y por ende quedaba exento del control ciudadano. La sentencia analiza la realidad y corrobora que el estado intervino activamente en la determinación del precio. Con nuestras propias palabras: la mano invisible de Adam Smith tuvo poco que ver, la intervención pública mucho.
El sofisma del mercado se debilita aún más si se advierte que los compradores y vendedores son muy pocos. A menudo los formadores del precio y los compradores son uno solo. Imperfecto el mercado, por donde se lo mire.
Los derechos ciudadanos fueron la Cenicienta de los hechos y de la narrativa macrista que “abolió” de facto los artículos 42 y 43 de la Constitución. La Corte los restaura, si lo decimos en solfa o valora su vigencia si nos ponemos más circunspectos.
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Sin inmiscuirse en las facultades de otro poder del Estado, el fallo destaca qué derechos humanos y constitucionales son prioritarios por encima del lucro empresario. “El Estado debe velar por la continuidad, universalidad y accesibilidad de los servicios públicos, ponderando la realidad económico-social concreta de los afectados por la decisión tarifaria con especial atención a los sectores más vulnerables, y evitando, de esta forma, una verdadera conmoción social provocada por la exclusión de numerosos usuarios de dichos servicios esenciales como consecuencia de una tarifa que, por su elevado monto, pueda calificarse de “confiscatoria” de los ingresos de un grupo familiar”. La expresión “confiscatoria”, súper pertinente, alerta contra las alzas desmedidas que afecten derechos básicos. La Corte se expide sobre el “lado ciego” de la postura macrista que es solo preocuparse por la sustentabilidad de las concesionarias.
El tribunal demarca que el gradualismo es imprescindible. Todas esas consideraciones valdrán para los usuarios no residenciales.
Los supremos podrían haberse escudado en lo formal y no expedirse sobre la razonabilidad y gradualidad de las tarifas. Plantear que a falta de audiencias, los aumentos son inválidos y desentenderse de su “quantum”. Prefirieron abordar toda la problemática, agravando la desazón del macrismo.
Las audiencias, dicen los supremos no deben ser meramente rituales: los cuadros tarifarios tienen que tomar en cuenta sus planteos. No es injerencia en las potestades del Ejecutivo ni en las cifras o porcentajes pero si una referencia para debates (o acciones judiciales) por venir
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La diferencia entre la sentencia de la Corte y la de la Cámara Federal de La Plata es que la nulidad del aumento de tarifas solo protege a los usuarios residenciales. Son abrumadora mayoría en número pero los comercios e industrias explican el grueso de la facturación de las concesionarias. Tal vez eso sea usado por el gobierno y los medios afines para maquillar la derrota. Como esos boxeadores que terminan la pelea con la cara llena de dedos, la nariz sangrante y los ojos en compota y son levantados en andas por sus segundos.
El fundamento de la distinción es que las personas del común son el único grupo homogéneo que reúne los elementos para promover una acción colectiva. Los ciudadanos de a pie, dispersos por definición, padecen ostensibles obstáculos para demandar por sí mismos lo que afecta su acceso al sistema judicial. Por eso pueden ser representados en una demanda colectiva o “acción de clase” en jerga. Los supremos se remiten a otra sentencia propia: “Halabi”. Dejemos pendiente para notas ulteriores y a la polémica entre juristas el debate técnico.
El Tribunal restringió el mejor criterio de la Cámara platense y de la Procuradora General. Al día de hoy, las primeras damnificadas son las Pequeñas y Medianas Empresas, las cooperativas, las recuperadas, los micro emprendimientos, las organizaciones sociales, los clubes de barrio. La sentencia las considera aptas para litigar “por sí mismas”. No es que les cierre el camino de los tribunales. Para todas ellas, la resistencia recomienza. En el corto plazo, entonces, se reavivarán los amparos promovidos por esos usuarios o se activarán otros, incluso colectivos si saben reagruparse y articularlos.
Los consumidores “residenciales” recibirán las facturas con tarifas anteriores. Eso sí, deberán velar para que las audiencias públicas sean convocadas con todas las de la ley: publicidad y antelación suficiente, cantidad apta para atender y escuchar a la millonada de personas involucradas. Planteado por el absurdo que tanto ha incidido en este conflicto: sería una burla (una ilegalidad) llamar a una sola audiencia para la semana que viene en Tierra del Fuego o en alguna embajada argentina en el exterior (que son territorio nacional). El Gobierno deberá sofrenar su vocación por los simulacros o los ersatz. Los consumidores, que ayer le ganaron una disputa fundacional, estarán atentos y vivaces. Si se las audiencias se programan con seriedad pasarán (por lo menos) el invierno y la primavera sin la más mínima agresión gasífera a sus economías domésticas.
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El gobierno arrancó avasallante. En cosa de un mes derogó por Decreto de Necesidad y Urgencia aspectos esenciales de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, redujo o suprimió retenciones, devaluó al mismo tiempo, quiso que dos jueces entraran a la Corte por la ventana, mediante un decreto. Aprovechó (o abusó) de su ventaja inicial. Para reformar el cuadro tarifario “se durmió”: dejó pasar más de tres meses. Aún entonces, se ne fregó de las audiencias públicas. Midió mal su fuerza, no observó su desgaste.
Subestimó las movilizaciones contra el tarifazo como a tantas otras vertientes de protesta que crecen y se multiplican. La histórica capacidad de lucha de los argentinos se acentuó a fines de la década del 90 y durante este siglo. Repasemos una lista incompleta de precedentes: los piqueteros, el desafío masivo al estado de sitio dictado por el presidente Fernando de la Rúa, los cacerolazos contra éste y su colega Adolfo Rodríguez Saá, las asambleas barriales, la movida vecinalista de Gualeguaychú, las organizaciones de víctimas y familiares de las tragedias de Cromañón y Once.
Es difícil desmantelar conquistas en estas pampas. A veces el kirchnerismo exagera cuando se atribuye totalmente ese “empoderamiento” de la sociedad civil que lo antecede y a menudo se le opuso (Cromañón, Once, Gualeguaychú y hasta se podría añadir “el campo”). Pero es cierto que el cúmulo de derechos sociales, laborales y económicos se elevó desde 2003 y que su defensa interpela y moviliza a grupos sociales amplísimos.
El macrismo pensó que esas movidas estaban amansadas o que las amedrentarían el protocolo de la ministra Patricia Bullrich o el encarcelamiento a Milagro Sala. Le erró, lejos. Muchedumbres participando en tantos rincones del país emitieron el primer alerta contra el tarifazo que el peor sordo no quiso oír.
Otra falla de apreciación elitista: suponer que arreglos de cúpula le bastaban al gobierno. Un bocado de las Obras sociales a los jerarcas sindicales no garantiza la docilidad de los trabajadores, arreglos con dirigentes peronistas amigables no arrastran a su base social, roscar con los peores jueces (los federales de Comodoro Py) no trae aparejada la complicidad de todo el Poder Judicial.
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Lorenzetti se dio algunos gustos: regañar a los otros poderes por la vacancia de la Defensoría del Pueblo y a los tribunales inferiores por la multiplicidad de sentencias contradictorias sobre un mismo aspecto.
Maqueda y Rosatti se florearon hablando de la Constitución del ‘94 en cuya Convención intervinieron.
El gobierno, auto designado “republicano” y hasta “liberal” en lo político, quedó expuesto: violó la ley, desconoció la Carta Magna. Se aisló y así le fue. La Corte lo dejó solito como adalid de una medida impopular o antipopular como pocas, en la que podría ser su sentencia más importante de este año.
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