ECONOMíA › PANORAMA ECONOMICO
Alineación y balanceo
Por Alfredo Zaiat
En muchas ocasiones, en las sociedades, en el debate económico, en fin, en la vida de cada uno, es usual que lo relevante pase inadvertido y lo superfluo tenga un espacio desproporcionado en la atención que se le presta. En las últimas semanas se verificaron varios casos contundentes de ese comportamiento de desconexión, de confusión entre lo principal y lo accesorio. Y en todos ellos estuvo involucrada la Corte Suprema de Justicia, que con una serie de fallos con impacto en la economía avanzó en la ineludible tarea de reparación de los desaguisados de los ’90. Más allá de las implicancias prácticas de esas sentencias, sus contenidos no han tenido la debida difusión. Esos fallos son trascendentales, con profundos fundamentos que, como advirtió con lucidez el ex juez del fuero del Trabajo en la provincia de Buenos Aires Moisés Meik, propone a la sociedad un impostergable debate cultural sobre el significado sustancial de la Constitución Nacional, sus valores y compromisos con los derechos humanos sociales universales. El máximo tribunal, con criterios de independencia que desorienta a nostálgicos de los noventa, empezó a corregir con cuatro recientes sentencias en materia laboral y previsional la doctrina seguida por ese mismo cuerpo en tiempos de la mayoría automática menemista.
La primera se ocupó de la supresión del tope a la liquidación de jubilaciones, limitación que había sido impulsada en su momento por el entonces todopoderoso ministro de Economía, Domingo Cavallo, con ese desparpajo de desconocer derechos adquiridos de trabajadores. Luego la Corte también eliminó el tope a las indemnizaciones por despidos sin justa causa que se venía aplicando desde 1991. Después dejó sin efecto el “sistema de la Justicia Federal” para los juicios por accidentes del trabajo, que constituía para los empleados una barrera para reclamar. Y, finalmente, el fallo que más ha impactado en el ámbito financiero y empresario fue la declaración de inconstitucional de un artículo clave, el 39, de la Ley de Riesgo del Trabajo, por el cual se impedía a las víctimas de accidentes laborales recurrir al Código Civil para solicitar una indemnización integral por los daños sufridos.
En estos días que el resucitado Grupo de los Siete, que reúne a las principales cámaras empresarias, ha emitido un comunicado advirtiendo que “la reciente decisión de la Corte Suprema ha de crear graves problemas a la producción y al empleo y creciente incertidumbre jurídica y económica, cuando no pasivos contingentes impagables para las empresas”, resulta imprescindible conocer algunos de los fundamentos de ese fallo. Puede ser que a esos hombres de negocios, que han sabido mezclar con rapidez huevo, harina y leche para preparar unos panqueques que les permitieron darse vuelta del menemismo al kirchnerismo, todavía les queden reflejos noventista. Ciertos párrafos del fallo referido a las ART puede ayudarlos en la terapia forzada de rehabilitación para eliminar esos tics, como los que siguen:
- En la sentencia sobre accidentes del trabajo la Corte afirma: “Admitir que sean las leyes del mercado el modelo al que deban ajustarse las leyes y hermenéutica; dar cabida en los estrados judiciales, en suma, a estos pensamientos y otros de análoga procedencia importaría pura y simplemente invertir la legalidad que nos rige como Nación organizada y como pueblo esperanzado en las instituciones, derechos, libertades y garantías que adoptó a través de la Constitución Nacional”.
- Otra parte de ese mismo fallo es un recordatorio respecto a que el trabajador no debería ser un artículo descartable, como se habían acostumbrado los empresarios: “El valor de la vida humana no resulta apreciable con criterios exclusivamente económicos. Tal concepción materialista debe ceder frente a una comprensión integral de los valores materiales y espirituales, unidos en la vida humana y a cuya reparación debe, al menos, tender la Justicia”.
- Y continúa en esa sentencia la Corte dando una lección de sentido común y revelando que sus actuales miembros tienen una sensibilidad e integridad humana para destacar: “Resulta claro que el hombre no debe ser objeto de mercado alguno, sino señor de todos éstos, los cuales sólo encuentran sentido y validez si tributan a la realización de los derechos de aquél y del bien común. De ahí, que no debe ser el mercado el que someta a sus reglas y pretensiones las medidas del hombre ni los contenidos y alcances de los derechos humanos. Por el contrario, es el mercado el que debe adaptarse a los moldes fundamentales que representan la Constitución Nacional y el Derecho Internacional de los Derechos Humanos de jerarquía constitucional, bajo pena de caer en la ilegalidad”.
El consenso de ideas se ha corrido tanto a un extremo durante la década del ’90 que un deslizamiento hacia el centro, que es simplemente hacer lo que hay que hacer, es decir respetar la Constitución, incomoda al mundo de los negocios. Recién cuando la Corte puso en evidencia que a un trabajador (Ignacio Aquino), de apenas 29 años, que sufrió un accidente laboral quedando con una incapacidad del ciento por ciento, le correspondía un resarcimiento total y de por vida de apenas 55 mil pesos por el régimen de ART, se dieron cuenta de que hay que modificar la legislación. Y el cambio que el G-7 nativo propuso fue simplemente aumentar los montos indemnizatorios.
La Corte también produjo otros fallos en estas semanas que revelan un cambio de época. Un par de ellos adelanta su predisposición a avalar la pesificación, que más allá de aspectos que tienen que ver con el corralito y la estafa a la confianza de los ahorristas en el sistema financiero, esa medida ha significado un avance extraordinario para la recuperación de la moneda doméstica, condición indispensable para aspirar a una política de desarrollo propia. Además, en otra sentencia, la Corte puso en su justo lugar reclamos millonarios de grandes empresas contra el Estado (desestimó una demanda de Nobleza Piccardo por una suma cercana a 17 millones de pesos), pedidos que son usuales pero que en la década pasada eran concedidos sin más.
El actual gobierno se presentó como uno de reparación más que de grandes transformaciones. Un taller mecánico de arreglos de los destrozos provocados por el fundamentalismo de los ’90 en los ámbitos laboral (flexibilización, precarización, desocupación y empleo en negro), previsional (descalabro financiero y fiscal generado por las AFJP) y productivo (desarticulación industrial). En el liderazgo de la retórica parece que se quiere avanzar en esa dirección, pero ya sea por deficiencia en la gestión, o por la autolimitación debido a las restricciones de la negociación externa o, simplemente, porque lo que se pensaba en un momento hoy no convence tanto, el camino se presenta más sinuoso.
En cambio, la Corte Suprema, renovada con audacia por Néstor Kirchner, ha tomado la delantera, se ha puesto con más comodidad el mameluco, engrasado las manos y ha empezado a trabajar en serio en el taller con fallos que se han constituido en una consistente política reparadora de las abolladuras de los noventa.