ECONOMíA › DEFENSA DEL CONSUMIDOR LA MULTO EN 25 MIL PESOS

Dura sanción a una prepaga

Las empresas de medicina prepaga figuran entre las más denunciadas ante la Subsecretaría de Defensa del Consumidor. Ese organismo acaba de sancionar a una de ellas, Medic Salud, con una multa de 25 mil pesos por no haber cumplido con sus obligaciones contractuales. El hecho puede convertirse en un caso testigo para el resto del sistema, que en este momento negocia con el Gobierno los precios de sus cuotas. El caso es grave: la clienta damnificada murió y su madre hizo la denuncia para exigir que el organismo que protege los derechos de los usuarios la penalice. La entidad pública explicó en su fallo que el alto valor de la multa se justifica por la “actividad que desarrolla” la empresa.

Una compañía de medicina prepaga “tiene a su cargo una función social trascendental que está por encima de toda cuestión comercial, considerando por sobre todo los delicados intereses en juego, como la integridad psicofísica, salud y vida de las personas”, remarca la sentencia.

El caso que involucra a Medic Salud se produjo en 2002. La sanción quedó confirmada recién ahora. La damnificada fue Marcela Ruth Gomelsky, quien en enero de aquel año solicitó el servicio de emergencias y pidió ser trasladada a alguna de las clínicas que figuraban en la cartilla de prestadores para su atención. El médico que la asistió estuvo de acuerdo, pero luego de subirla a la ambulancia y de hacer una serie de llamados telefónicos le explicó que no podía llevarla a esas clínicas porque Medic Salud se había quedado sin servicio por falta de pago.

En definitiva, la llevaron a un hospital público y esa misma noche falleció. Defensa del Consumidor señaló que la principal característica de la medicina prepaga es que, “a través de pagos anticipados, los pacientes se protegen de riesgos futuros en su vida o salud”. Sin embargo, concluye, “de producirse una situación crítica en la que de forma tangible se aprecia que peligra la vida del asociado, si la prestadora incurre en un incumplimiento, esa seguridad, esa confianza social se ven perjudicadas y ello constituye un agravante de la sanción que corresponde imponer”.

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