Viernes, 15 de diciembre de 2006 | Hoy
El máximo tribunal estableció que asesinar a presuntos milicianos palestinos es legal en determinadas condiciones. La Comisión de Israel contra la Tortura había recurrido al Supremo para detener esta práctica, que ahora tiene “limitaciones”.
Por Juan Miguel Muñoz *
Desde Jerusalén
El cumplimiento de la legalidad internacional nunca ha sido el fuerte de Israel. Y desde ayer una polémica y ambigua sentencia del Tribunal Supremo añade más leña al fuego. La Corte Suprema estableció, tras cuatro años de dilaciones procesales y centenares de ejecuciones extrajudiciales en las que han perecido al menos 129 inocentes, que asesinar presuntos milicianos en determinadas condiciones es legal. Irónicamente, fue la Comisión de Israel contra la Tortura la que recurrió al tribunal para detener los asesinatos selectivos contra los palestinos. “El fallo no dio instrucciones claras para evitar ataques que pudiesen afectar a civiles inocentes y es un conjunto de normas ambiguas que, de última, dejan a criterio de las Fuerzas Armadas la decisión de quién será ejecutado en forma extrajudicial”, cuestionó la presidenta de esta organización Hana Fridman.
“La detención, investigación y juicio son medios que no siempre pueden ser utilizados. A veces esa posibilidad no existe y supone un serio riesgo para la vida de los soldados. Por ello se ha decidido que no todo asesinato selectivo está prohibido según la normativa internacional, como tampoco todo asesinato está permitido por esa ley”, dice la sentencia. El Supremo –que considera que los milicianos son civiles que no gozan de la protección de las normas internacionales si son hostiles– fija ciertas cautelas que, no obstante, dejan las manos libres al gobierno y al ejército. La ejecución extrajudicial deberá atenerse, según la Corte, a varios criterios: el ejército tendrá que contar con información convincente respecto de la actividad armada del presunto militante; el civil que tome parte en las hostilidades no puede ser atacado si pueden emplearse métodos que causen daños menores; debe realizarse una investigación independiente después del ataque para determinar la precisión y el objetivo fijado, y los daños causados a inocentes civiles deben ser proporcionales.
Las reacciones al fallo del tribunal fueron de lo más divergentes. La diputada del partido izquierdista Meretz Zahava Galon lamentó que el Tribunal Supremo “no prohíba las ejecuciones extrajudiciales”, y añadió que los denominados asesinatos selectivos suponen aplicar una política “que lucha con terror contra el terror. Es ridículo pensar que el Ejército hará caso de las recomendaciones del tribunal”. Yuval Steinitz, parlamentario del derechista Likud, justificó plenamente la decisión. “La obligación de defender a los israelíes prevalece sobre todas las demás obligaciones, incluyendo las que se refieren a los ciudadanos de un Estado enemigo o de la Autoridad Palestina”, afirmó.
A los legisladores árabes-israelíes no les sorprendió la sentencia. “Es la continuación”, afirmó Ahmed Tibi, “de una posición que desde 1967 autoriza la expulsión, la expropiación y los asesinatos”. Es una práctica habitual desde que estalló la segunda Intifada, en septiembre de 2000. Desde entonces, según varias organizaciones de derechos humanos israelíes, en operaciones de la aviación o de comandos especiales han sido asesinadas 339 personas, 210 presuntos milicianos y 129 civiles inocentes.
* De El País de Madrid. Especial para Página/12.
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