Martes, 29 de abril de 2008 | Hoy
EL PAíS › ABOGADOS DE LOS MILITANTES ASESINADOS PIDEN QUE SE INVESTIGUE AL GENERAL ALFREDO ARRILLAGA
A casi veinte años del intento de copamiento del cuartel de La Tablada por un grupo armado del MTP, piden que se juzgue a los responsables del operativo represivo. Todavía hay varios desaparecidos y cuerpos sin identificar.
Por Adriana Meyer
Todavía hay una posibilidad de que las graves violaciones a los derechos humanos cometidas durante la represión al copamiento del cuartel de Tablada sean juzgadas. A casi 20 años de los hechos, la Justicia podría llamar a indagatoria al militar que estuvo a cargo del operativo por los homicidios, las desapariciones y las torturas de varios miembros del Movimiento Todos por la Patria si prospera un pedido de los abogados de los familiares de las víctimas, y lo haría porque considera que estos delitos son imprescriptibles. Además, está pendiente la finalización de los estudios para identificar restos humanos, la confección de las partidas de defunción y la entrega de los restos a los familiares.
El proceso que culminó con la condena a los atacantes del regimiento ignoró lo que estableció la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA en 1997: el Estado argentino es responsable por las ejecuciones y torturas a los detenidos. “Las autoridades no lograron identificar los cadáveres de dichas personas a fin de establecer la causa de la muerte”, dijo la CIDH al referirse a Carlos Burgos, Roberto Sánchez Nadal, Iván Ruiz Sánchez, José Alejandro Díaz, Carlos Samojedny, Francisco Provenzano, Berta Calvo, Ricardo Veiga y Pablo Martín Ramos. Cinco de ellos permanecen en condición de desaparecidos. Ese organismo internacional determinó la necesidad de realizar “una investigación independiente, completa e imparcial de los hechos para identificar y sancionar a los responsables de las violaciones a los derechos humanos”. Los abogados Martha Fernández y Rodolfo Yanzón señalaron que el pedido de la fiscalía de dictar sobreseimientos en el caso “va en línea opuesta”.
Los cuerpos de quienes perdieron la vida el 23 de enero de 1989 –los que murieron en el combate más los ejecutados y los desaparecidos– fueron enterrados por orden del juez Gerardo Larrambebere sin previo aviso a sus familiares y sin realizar las medidas necesarias para establecer si hubo ejecuciones extralegales, arbitrarias o sumarias. “Me acuerdo perfectamente de que en ese duro trance en que ellos eran atormentados y flagelados imploraban por sus vidas”, dijo el sargento José Alberto Almada sobre la detención de “dos atacantes desarmados con las manos en alto”. La declaración de Almada fue esencial para desmentir que Iván Ruiz y José Díaz hayan intentado fugarse en una ambulancia, previo asesinato del cabo Esquivel. “Se continuó con los actos de tortura porque yo escuchaba gritos desgarradores de dolor y me daba cuenta de que eran Iván y José. Esta sesión de interrogatorio y de tortura en ese lugar se llevó a cabo en presencia de las más altas autoridades y con su aquiescencia”, dijo el sargento al desmentir la versión dada por el mayor Jorge Varando y el general Alfredo Arrillaga sobre el asesinato del cabo Esquivel, quien, según Almada, murió en el combate “sin haber tenido contacto con estos detenidos”.
Fernández y Yanzón consideraron que están comprobados los hechos y por lo tanto solicitaron al juez federal de Morón, Germán Castelli, que cite a declaración indagatoria al general Arrillaga –encargado de recuperar el cuartel que aún se jacta de la efectividad de aquella acción y acusado de haber sido parte de la Noche de las Corbatas (secuestro de abogados) en Mar del Plata durante la dictadura– así como también que sea convocado como acusado el mayor Varando, imputado en otra causa por el asesinato de Gustavo Benedetto durante la represión de diciembre de 2001. Además de pedir que se arbitren los medios para finalizar los estudios sobre los restos humanos que aún tienen a su disposición y entreguen las correspondientes partidas de defunción, los abogados apuntaron la posibilidad de avanzar más adelante sobre las responsabilidades penales de “los superiores que emitieron las órdenes de torturar, matar a prisioneros y producir desapariciones forzadas de personas”.
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