Lunes, 17 de octubre de 2011 | Hoy
EL PAíS › OPINIóN
Por Alan Iud *
En los últimos años se consolidó en la jurisprudencia argentina el criterio de que los niños apropiados durante la última dictadura militar son víctimas de “desaparición forzada de personas”. Esto fue refrendado de modo tajante recientemente por la Corte Interamericana de Derechos Humanos al ocuparse del caso de Macarena Gelman. Se trata de una definición de suma importancia, pues arrastra diversas consecuencias jurídicas bien conocidas, como otorgarle carácter de crimen imprescriptible.
Pero, desde hace algunos meses, esta definición cobró una importancia renovada, que hasta el momento pasó inadvertida en los tribunales. Puntualmente en el mes de abril, el Congreso Nacional incorporó al Código Penal el delito de “desaparición forzada de personas”, fijando la pena de prisión perpetua cuando el “desaparecido” haya nacido durante el cautiverio de su madre. Asimismo, se contempla una reducción de pena para aquellos “desaparecedores” que brinden datos que permitan encontrar con vida al desaparecido. Siguiendo jurisprudencia de la Corte Suprema, esta modificación legislativa debería ser de aplicación a todos aquellos casos de niños apropiados que no habían recuperado su identidad al momento de dictarse esta nueva ley.
Muchas veces se ha debatido sobre la posibilidad de reducir penas a cambio de información sobre los crímenes del terrorismo de Estado. Desvinculados de esas discusiones, con una deficiente técnica legislativa y quizá pensando en otro tipo de hechos, diputados y senadores incorporaron esa herramienta a la búsqueda de aquellos niños, hoy adultos, que continúan apropiados. Más allá de las posiciones de los sobrevivientes, familiares y organismos de derechos humanos, por lo general reticentes a este tipo de iniciativas, lo cierto es que hoy es legislación vigente en nuestro país, al menos en lo relativo a niños apropiados aún no localizados.
Hace tan sólo algunos días, haciendo gala de un cinismo ya conocido, el represor Miguel Osvaldo Etchecolatz afirmó que entregaría datos sobre el “destino” de la niña aún desaparecida Clara Anahí Mariani “a quien pudiera estar necesitándolo”. Esa desvergüenza, destinada solamente a intensificar el dolor de su abuela y de todos aquellos que la buscan incansablemente desde hace más de tres décadas, se completó con los dichos de otro represor, Norberto Cozanni, quien aseguró que Clara Anahí fue calcinada en noviembre de 1976. Dudo de que Etchecolatz, Cozzani y otros criminales de su misma calaña estén atentos a los cambios legislativos. Dudo también de que, en su inagotable perversidad, una reducción de sus condenas sea incentivo suficiente para que acepten decirnos dónde están los nietos que estamos buscando. Pero 400 jóvenes aún apropiados nos obligan a tener esperanzas. En consecuencia, sería bueno que los jueces tomen nota de este cambio legislativo e informen a los represores de esta posibilidad concreta. Al fin y al cabo, será en su propio beneficio.
* Coordinador del Equipo Jurídico de Abuelas de Plaza de Mayo.
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