Miércoles, 5 de diciembre de 2012 | Hoy
La ley que regula el recurso de per saltum, habilitando a la Corte Suprema a intervenir en determinadas causas aunque no se hayan agotado las instancias ordinarias previas, fue promulgada “de hecho”. El texto de la norma 26.790, sancionada el 14 de noviembre pasado, fue publicado ayer en el Boletín Oficial con las firmas de la presidenta provisional del Senado, Beatriz Rojkés de Alperovich, y el titular de la Cámara de Diputados, Julián Domínguez. “Procederá el recurso extraordinario ante la Corte Suprema prescindiendo del recaudo del tribunal superior en aquellas causas de competencia federal en las que se acredite que entrañen cuestiones de notoria gravedad institucional, cuya solución definitiva y expedita sea necesaria”, indica el artículo 257 bis, incorporado a partir del proyecto aprobado por el Parlamento.
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