Sábado, 3 de agosto de 2013 | Hoy
EL PAíS › ALAK Y LA DEMORA EN EL PRONUNCIAMIENTO SOBRE LA LEY DE MEDIOS
El ministro de Justicia reivindicó la norma y pidió terminar con las dilaciones que impiden su plena aplicación.
El ministro de Justicia, Julio Alak, dijo que la demora judicial en resolver la validez constitucional de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual “va a entrar en el libro Guinness (de los Records) del mundo”. “Resulta increíble que la Justicia tenga paralizada por cuatro años” la aplicación plena de la norma, se quejó, en momentos en que el expediente está en análisis, en la recta final en la Corte Suprema de Justicia. Esta semana, voceros del máximo tribunal dijeron que el fallo no se conocería hasta después de las Primarias Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO), el 11 de agosto.
“Creemos que la demora excesiva de la Justicia en pronunciarse sobre su constitucionalidad debe cesar, no se puede esperar más que una voluntad del pueblo a través de sus representantes esté paralizada”, sostuvo el ministro de Justicia. La declaración en ese sentido la realizó después de presentar un nuevo sistema de Mediación Prejudicial, con el que intenta –precisamente– descomprimir a los tribunales y agilizar el trámite de causas judiciales.
“Cuatro años es un plazo insoportable para una democracia, en cuanto a dejar en suspenso una ley que reviste todas las garantías de aprobación”, señaló el funcionario. Insistió en que un fallo que confirme la constitucionalidad de la ley “va a ser un aporte para terminar con los monopolios en la Argentina y para democratizar la palabra”.
Desde que fue sancionada la ley, en octubre de 2009, la Corte tuvo varias intervenciones en el expediente. Aunque en ellas hubo matices, todas tuvieron como consecuencia la prolongación de la medida cautelar que le permitió al Grupo Clarín quedar eximido por estos casi cuatro años de la obligación de desprenderse de licencias de radio y televisión para adecuarse a los topes establecidos por la norma.
En un fallo de mayo del año pasado, los jueces supremos dijeron que, de todos modos, no veían que el holding hubiera probado una violación a la libertad de expresión, sino que lo que se observaba era una discusión patrimonial que podría dirimirse en otro expediente.
Pero ahora el alto tribunal deberá hacer un análisis de fondo y expedirse en relación con el fallo de la Cámara en lo Civil y Comercial, que declaró la inconstitucionalidad de los artículos 45 y 48. Son los que establecen el límite a las licencias de cable, el tope de audiencia para cada empresa, a una única señal de distribución propia y la prohibición de la propiedad simultánea de un sistema de televisión abierta y otro de cable. Esa Cámara (conocida por un viaje a Miami al que algunos de sus miembros fueron invitados por una entidad, la Certal, vinculada con Clarín a un evento sobre libertad de expresión) al fallar se concentró en atacar el núcleo antimonopólico de la ley porque, dijeron, le generaba “inseguridad económica” a Clarín y eso afectaría la libertad de expresión, además del derecho de propiedad.
La Corte se reunió anteayer y todavía hay hermetismo sobre la decisión en ciernes. No parece todavía que tengan una mayoría de cuatro votos asegurada en uno u otro sentido.
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