EL PAíS › EL JUEZ CORNEJO PIDIO QUE SE MODIFIQUE EL ARCHIVO DE LA CONADEP
Un intento por cambiar el Nunca Más
El juez de Salta hizo lugar a la presentación del apoderado del PJ de esa provincia, Alberto Raymundo Sosa, quien figura en la Conadep como asesor de la policía local durante la dictadura.
Por Victoria Ginzberg
Para el juez salteño Abel Cornejo el archivo elaborado por la Comisión Nacional sobre Desaparición de Personas (Conadep) debe ser rectificado. El magistrado tomó esta decisión en base a una presentación hecha por Alberto Raymundo Sosa, apoderado del Partido Justicialista de esa provincia, quien figura en un legajo como asesor legal de la policía local durante la última dictadura. El secretario de Derechos Humanos, Eduardo Luis Duhalde, apeló esa medida, que podría abrir la puerta para eventuales impugnaciones de los represores que pretenden ser amparados por el anonimato. “El archivo histórico de la Conadep pertenece al acervo de la humanidad y específicamente al registro de nuestra Nación. Su modificación equivale a la mutilación de parte de la historia misma y no puede ser admitida en modo alguno”, afirmó Duhalde.
A fin del año pasado Sosa reclamó que se eliminara su nombre de una supuesta lista de represores de la Conadep porque –afirmaba– no tenía vínculo alguno con desapariciones o asesinatos. La Secretaría de Derechos Humanos le contestó que en ese organismo no hay ni se publican registros de supuestos victimarios, pero que su objeción sería agregada en el legajo 92.036, donde sí había una mención a su persona. El hombre no se conformó con esa respuesta y se presentó ante la Justicia para que, a través de un habeas data, se modificara la información que había en el archivo que sirvió como base para la elaboración del Nunca Más.
La ley de habeas data estableció el derecho de los ciudadanos de conocer la información que existe sobre ellos en archivos públicos o privados y contempla la supresión o rectificación de los datos si éstos fueran falsos o discriminatorios. No es la primera vez que personas vinculadas a la última dictadura intentan limpiar sus antecedentes con este mecanismo pero, hasta ahora, estas maniobras nunca tuvieron éxito.
Ante el reclamo judicial, la secretaría de Derechos Humanos, entonces a cargo de Oscar Fappiano, explicó a Cornejo que “el cuerpo documental de la ex Conadep (que es de carácter reservado) está constituido por denuncias o información sobre hechos de desaparición forzada de personas o sustracción de menores” pero que “no se trata de ‘un conjunto organizado de datos personales’”.
La Secretaría hizo hincapié en que los legajos de la Conadep tratan sobre “hechos”, no “personas” y que, aunque la información puede servir como soporte a una denuncia judicial, no hubo ninguna investigación sobre Sosa. Recalcó, finalmente, que los encargados del archivo ofrecieron al hombre que su objeción fuese agregada al expediente en el que se lo menciona.
El 6 de mayo pasado, Cornejo rechazó estas explicaciones y decidió que el archivo de la Conadep debía ser modificado. Argumentó que el honor de Sosa se había visto afectado, ya que su pasado como asesor de la policía salteña había sido difundido a través de informaciones periodísticas y en Internet. Según el juez, correspondía “la supresión y la eliminación del actor en el legajo 92.036 y de cualquier otro organismo y publicación que pudiera haber sido incluido como consecuencia del informe efectuado por la mencionada comisión”.
Cuando se hizo cargo de la Secretaría de Derechos Humanos, Duhalde se encontró con este juicio. Luis Alén, su jefe de asesores jurídicos, fue a Salta para apelar la resolución de Cornejo. El juez no lo recibió. Su escrito será incluido en la causa el próximo lunes, cuando termine la feria judicial en el interior.
Alén y Duhalde ratificaron la explicación que había dado en su momento Fappiano. Señalaron también que, según se desprende de su fallo, Cornejo ignoró que la secretaría le informó que no hay ningún legajo específico sobre Sosa y que éste no estuvo imposibilitado de acceder a la información sobre su persona. Aclararon que “ni la difusión periodística ni la publicación en Internet” mencionada por Sosa “tuvieron origen en esta secretaría, siendo hechos que de ninguna manera pueden ser consideradoscomo ‘divulgación indiscriminada o fuerza del marco de la confidencialidad’ que menciona la sentencia”. Repitieron, finalmente, que los legajos de la Conadep constituyen un archivo histórico que no puede ser modificado y que no son asimilables a un proceso judicial.
El ex general Carlos Guillermo Suárez Mason y el represor Víctor Hugo Dinamarca también solicitaron –y no tuvieron éxito– que se modificara la información que había en la Conadep. En el caso del torturador de El Vesubio vinculado al fallecido empresario Alfredo Yabrán, su interés se relacionaba con que sus antecedentes eran obstáculo para su reciclaje en la seguridad privada de la provincia de Buenos Aires.
No hay en la Conadep denuncias que señalen a Sosa como autor directo o responsable de asesinatos o desapariciones. El hombre es mencionado como asesor de la policía salteña, y él mismo reconoce que tuvo ese rol, aunque afirma que acabó el 31 de marzo de 1976. Su presentación puede estar motivada en establecer un precedente para otros o puede que tema ser involucrado en la investigación judicial por la masacre de las Palomitas -hecho similar a Margarita Belén pero llevado a cabo en Salta en julio de 1976– en la que ya se declaró la inconstitucionalidad de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final.