EL PAíS › LA CORTE SUPREMA FALLO A FAVOR DE TRES DIARIOS
Las garantías para la prensa
La Corte Suprema de Justicia dictó ayer tres fallos a favor de la libertad de prensa. Con tan sólo la disidencia de Adolfo Vázquez en dos de los expedientes, los seis jueces del máximo tribunal rechazaron las demandas por daños y perjuicios que existían contra los diarios Clarín, Crónica y Río Negro.
En su primer fallo, la Corte revocó la decisión de la Cámara Civil que había condenado a la empresa Arte Gráfico Editorial Argentino, editora del diario Clarín, a indemnizar a una mujer víctima de una violación. El matutino había publicado el nombre de la joven y la identidad de un tío materno que la acompañó a hacer la denuncia, lo que, según la mujer, habría permitido que muchas personas de su entorno tomaran conocimiento del ataque sexual.
La Cámara Civil condenó a Clarín a pagar 15 mil pesos como reparación por el daño moral provocado, pero el fallo fue finalmente revocado por la Corte. La mayoría de los jueces, al igual que lo había hecho el procurador general de la Nación, Nicolás Becerra, consideró que no se había demostrado que las copias de la sentencia fueran obtenidas en forma ilegítima por el diario, ni que hubiera existido intención alguna del periodista de perjudicar a quien hizo la denuncia.
En otro caso, la Corte dictaminó que el diario Crónica no debía responder patrimonialmente por la reproducción de un testimonio que un ex médico de Juan Domingo Perón consideró “lesivo de su honor y dignidad”. En la nota, un sobrino del ex presidente, Alejandro Rodríguez Perón, se refirió a Hipólito Carmelo Barreiro como “curandero”.
La Corte, recordando antecedentes del tribunal, expuso que cuando se individualiza la fuente, el editor no puede ser responsabilizado porque se afectaría el derecho constitucional al trabajo y a la libertad de prensa.
“No existía en la nota periodística ninguna manifestación que permitiera suponer que el medio de prensa compartiera los dichos”, afirmó el fallo.
El máximo tribunal rechazó también la demanda por daños y perjuicios que la jueza correccional de Bariloche, Silvia Baquero Lazcano, había interpuesto contra el diario Río Negro, por un artículo lesivo para su intimidad y honor. La nota criticaba la actitud de la jueza, cuando rechazó integrar un tribunal catamarqueño que debía juzgar el caso María Soledad Morales, luego de haber ganado el concurso.
La jueza demandó al diario por el contenido de la nota, pero los ministros de la Corte Suprema consideraron que “el tenor del artículo en el que se había efectuado el perfil de la magistrada no evidenciaba que hubiese sido redactado con el propósito de lesionar su honor o causarle daño alguno”.