EL PAíS › CóMO ES EL PROCESO EN LA LEGISLATURA

Los pasos del juicio político

 Por Santiago Rodríguez

Mauricio Macri pasó por encima de la voluntad de los legisladores y decidió por sí mismo someterse a juicio político. Los legisladores PRO harán propio su deseo y pedirán la apertura del proceso en contra del jefe de Gobierno, pero no podrán manejarlo a su antojo: el procedimiento de juicio político está previsto en la Constitución porteña y fue reglamentado por la Legislatura al ser puesto en práctica por primera vez en noviembre de 2004, cuando se puso bajo la lupa el desempeño de seis de los nueve miembros del Consejo de la Magistratura local. Es un libreto del que los macristas no podrán apartarse.

“La Legislatura puede destituir por juicio político fundado en las causales de mal desempeño o comisión de delitos en el ejercicio de sus funciones o comisión de delitos comunes, al gobernador”, establece la Constitución local en su artículo 92. Macri no precisó qué causal invocará para pedir que lo enjuicien.

Para los casos de juicio político, en cada renovación –o sea cada dos años– la Legislatura se divide en dos salas: una Acusadora, integrada por 45 legisladores, y otra Juzgadora, compuesta por los 15 restantes. La integración se hace por sorteo, aunque digitado de tal modo que se respete la proporcionalidad de la fuerzas legislativas.

Es la Sala Acusadora la que resuelve si corresponde promover el juicio político del jefe de Gobierno. Para prosperar, la acusación tiene que ser aprobada como mínimo por dos tercios de los miembros de la sala, es decir, debe reunir más de 30 votos. La oposición tiene hoy 25 legisladores entre los acusadores, contra 19 del macrismo. En el medio está Daniel Amoroso, quien dejó las filas PRO para acompañar a Francisco de Narváez y anteayer votó a favor de investigar a Macri.

La Sala Acusadora toma su decisión en base al dictamen de una Comisión Investigadora integrada por 13 de sus miembros, que aún no se conformó porque el vicepresidente primero de la Legislatura, Oscar Moscariello, nunca concretó la convocatoria a tal fin. Esa comisión tiene facultades mucho más amplias para citar funcionarios y solicitar documentación que la especial, que el macrismo se negó a crear. La oposición tendrá mayoría; eso le permitirá designar al presidente y manejar los tiempos.

La Comisión Investigadora debe expedirse en 60 días hábiles, aunque puede pedir una prórroga de 30 días hábiles. La Sala Acusadora tiene que decidir si acusa o no al jefe de Gobierno en los 10 días hábiles siguientes a su recomendación.

En caso de que no contenga a todos sus legisladores y prospere la acusación, el jefe de Gobierno sería automáticamente suspendido y quedaría en la cuerda floja: en la Sala Juzgadora se necesitan 10 votos para destituirlo, y con sólo 5 legisladores que le responden Macri no podría frenar una eventual decisión opositora en ese sentido.

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