EL PAíS › EL SUBSECRETARIO DE POLíTICA CRIMINAL

“Se mejoró el texto”

 Por Irina Hauser

Juan Martín Mena es subsecretario de Política Criminal y participó del equipo que redactó el proyecto inicial de Código Procesal Penal que acaba de experimentar modificaciones. En diálogo con Página/12 explica algunos de los cambios aceptados por el oficialismo que, a su entender, “mejoran el texto” y asegura que el sistema acusatorio “mejorará la respuesta del Estado frente al delito, lo que no es lo mismo que decir que previene el delito”. Acerca del papel que tendrán la Procuración General y los fiscales, dice: “Reordenar las facultades no es dirimir poder, es cumplir con la ley, la Constitución y los tratados”.

–¿Por qué se aceptaron modificaciones al proyecto del Código?

–Es propio de la tarea legislativa, se escucharon opiniones de los senadores y particularmente de los que tienen vasta experiencia en materia judicial. Las tres comisiones que trataron el tema recibieron a gran cantidad de expertos. Se recogieron observaciones que creemos que mejoran el texto.

–¿Qué cambio diría que es el sustancial?

–Hay varios, pero me parecen importantes los pasajes que mejoran la etapa de juicio. Las convenciones probatorias permitirán que la defensa y la Fiscalía acuerden hechos que se consideren probados y eviten reproducir toda la prueba en el juicio, volver a citar a testigos y reeditar discusiones. También se especificó la utilización de medios tecnológicos como la videoconferencia y se facultó al tribunal para acotar las últimas palabras del imputado y evitar que haga un nuevo alegato, sin afectar su derecho de defensa.

–Habiendo quitado el concepto de “conmoción social”, ¿cambia en algo el criterio respecto del criterio actual para definir la prisión preventiva y las excarcelaciones?

–El texto da más claridad. Hoy es un tema librado a múltiples interpretaciones. Se especifican criterios para evaluar el peligro de fuga y el entorpecimiento del proceso. Hoy se deciden cosas distintas según el juez. Se apunta a que haya decisiones más justas y fundamentadas.

–¿Por qué se insiste en dar un tratamiento especial a los extranjeros que cometen delitos leves en el país?

–No es un tratamiento especial. Hoy la Ley de Migraciones prevé expulsar a extranjeros que cometen delitos cuando reciben condena de ejecución condicional, cuando hayan sido condenados y cumplieron la mitad de la pena o cuando corresponde la suspensión de juicio a prueba. Si el extranjero pide o acepta la probation, la regla de conducta implica la expulsión del país con prohibición de reingreso por un determinado tiempo. Eso a menos que demuestre que vive en el país en una situación regular o que se puede ver afectada la reunificación familiar. En ese caso, podría cumplir la regla de conducta (como tareas comunitarias) acá. A la vez se amplía el abanico de delitos por el cual le puede corresponder la probation. Abarca delitos como los robos simples y robos agravados, contrabando simple. Es algo que está pensado para los que vienen a cometer delitos acá.

–¿No es discriminatorio?

–No, porque están los reaseguros para que no sea una cuestión discriminatoria. La probation es a pedido o con consentimiento de la persona; no puede afectar la reunificación familiar y es judicial.

–¿Por qué el Código fue presentado como herramienta para combatir el delito? ¿Es para eso?

–Dotar a la Justicia criminal de herramientas más modernas, ágiles y eficaces, que hagan al proceso judicial transparente, que las decisiones se tomen en audiencias orales y públicas y que se acorten los plazos, que haya menos recursos a revisar en definitiva redunda en mejorar la realidad de los argentinos que sufren delitos. Que una vez detectados sean investigados y que haya una resolución judicial que condene o absuelva, eso es dar más certezas. Son cuestiones que mejoran la respuesta del Estado frente al delito, lo que no es lo mismo que decir que previene el delito. No es una herramienta de prevención, es para que el sistema de investigación y juzgamiento sea rápido y eficaz, al tiempo que ofrezca todas las garantías. Es beneficioso para la víctima y para el imputado.

–¿Es cierto que el procurador acumulará gran poder o más que en la actualidad y tendrá mayor injerencia en los procesos?

–Ver esto de manera personalizada en la procuradora actual es una mirada coyuntural y equivocada. El sistema acusatorio es lo que manda la Constitución. Se trata de que las facultades legales y para la investigación y acusación las ejerza quien las debe ejercer, que son los fiscales. Reordenar las facultades no es dirimir poder, es cumplir con la ley, la Constitución y los tratados. Al tener a cargo la investigación y el impulso de la acción penal, los que van a tener el poder son todos los fiscales. En cuanto a las dudas sobre el alcance del art. 34 del anexo 2 sobre distribución de las causas frente a la creación de nuevos cargos, ante dudas y cuestionamientos se precisó que se hará por sorteo. Pero no era un artículo que no estaba pensado para la distribución general de causas.

–¿Se crearán más cargos que los que se prevén en el Código?

–Por lo pronto se prevén 17 fiscales de Cámara nuevos y 20 defensores ante la Cámara. Pero es un refuerzo mínimo inicial. Tiene que haber más, va a haber que dotar de recursos a las fiscalías y defensorías. Para implementar todo se hará precisamente un ley de implementación y habrá modificaciones a las leyes orgánicas.

–¿Se va a implementar el juicio por jurados?

–El proyecto que se está tratando es compatible con la implementación de juicio por jurados. Pero su regulación tiene una complejidad especial. Se deberá sancionar una ley.

Compartir: 

Twitter

SUBNOTAS
  • “Se mejoró el texto”
    Por Irina Hauser
 
EL PAíS
 indice

Logo de Página/12

© 2000-2022 www.pagina12.com.ar | República Argentina | Política de privacidad | Todos los Derechos Reservados

Sitio desarrollado con software libre GNU/Linux.