EL PAíS › COMO SIGUE EL PROCESO DE JUICIO POLITICO A IBARRA EN LA LEGISLATURA
Con la atención puesta en diez votos
El juicio político pasó a manos de la Comisión Juzgadora, compuesta por los 15 legisladores que no formaron parte de la Acusadora. Estará presidida por el titular del Tribunal Superior porteño, Julio Maier. Con diez votos, la oposición política destituiría a Ibarra. Según las especulaciones, hasta ahora no los tendría.
Por Raúl Kollmann
De acuerdo con la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, tras la suspensión del jefe de Gobierno porteño, Aníbal Ibarra, asume el vicejefe de Gobierno, en este caso Jorge Telerman. Cuando éste realice un viaje, el cargo será ocupado interinamente por Santiago de Estrada, vicepresidente primero de la Legislatura (el presidente del cuerpo es Telerman). Si Ibarra es condenado por los dos tercios de los 15 miembros de la Cámara Juzgadora, es decir si hay diez votos contra Ibarra, Telerman continuará como jefe de Gobierno porteño hasta el fin del mandato, en el año 2007. Si Telerman renuncia o resulta incapacitado por alguna enfermedad o accidente, no habrá elecciones: la Legislatura elegiría un jefe de Gobierno interino hasta 2007.
Los procesos legales que se abren de ahora en adelante son los siguientes:
- Se puso en marcha el juicio político al jefe de Gobierno. La Cámara Juzgadora estará encabezada por el presidente del Tribunal Superior de Justicia de la ciudad de Buenos Aires, Julio Maier.
- Según expresó el constitucionalista Daniel Sabsay, la Carta Magna porteña no es clara respecto de si Maier vota o no vota en esa sala juzgadora. El espíritu de la Constitución indica que un integrante del Poder Judicial no vota en el Legislativo, y que Maier más bien sería una especie supervisor y ordenador del proceso. En esa lógica, se requerirían 10 votos para condenar a Ibarra y el juicio político se caería si seis legisladores votan por la absolución o no concurren a votar.
- De acuerdo con el cuadro construido por Página/12 (ver aparte), Ibarra tendría a priori buenas chances de obtener esos seis votos si la decisión se toma antes del 10 de diciembre, aunque hay que ver si los legisladores votan de acuerdo con cómo lo hicieron ayer sus bloques. Lo concreto es que hay un socialista, dos del Frente para la Victoria, una legisladora del Frente Grande y dos del Partido de la Ciudad que podrían inclinar la balanza a favor del suspendido jefe de Gobierno.
- Teóricamente es importante saber quién tiene ocho de los 15 integrantes de la Cámara Juzgadora, porque esa mayoría podría marcar el ritmo y apurar las cosas para que se vote rápido, antes del 10 de diciembre.
- Sin embargo, la realidad indica que no resultará fácil que todo el proceso se realice antes del recambio que se producirá el 10 de diciembre, cuando se vayan la mitad de los legisladores y entren los 30 elegidos el 23 de octubre.
- En ese caso, el problema delicado es constituir la nueva sala juzgadora. La Constitución porteña es explícita: en su artículo 93 dice que “cada dos años, en su primera sesión, la Legislatura se divide por sorteo”. O sea que se conforman la Cámara Acusadora y la Juzgadora, con 45 miembros en la primera y 15 en la segunda. Ese mismo artículo estipula el criterio: “respetando la proporcionalidad de los partidos o alianzas”.
- Está claro que quienes votaron ayer no pueden integrar la Sala Juzgadora porque ayer ya se expidieron. De manera que existe consenso de que deben quedar fuera del sorteo. En el bolillero aparecerían los 30 legisladores que entran y los que actualmente forman la Sala Juzgadora y tienen mandato hasta 2007. La cifra final estará en 37 o 38 legisladores, entre los cuales habrá que sortear los 15 de la Cámara Juzgadora.
- El cambio político que ocurrirá el 10 de diciembre tiene las siguientes tendencias. El macrismo continuará con la misma cantidad de bancas; sube fuertemente el ARI, sube fuertemente el kirchnerismo y baja en forma notoria la izquierda. Pero la gran pregunta es ¿con qué criterio de proporcionalidad se armará la Sala Juzgadora?
- Algunas fuentes del macrismo sostienen que debe convocarse a una comisión de notables, constitucionalistas, entre quienes mencionan a Daniel Sabsay y Gregorio Badeni, que hagan un dictamen y una propuesta decómo sortear la Sala Juzgadora. Por el lado del kirchnerismo y el gobierno de la Ciudad todavía no hay una postura clara (ver página 6).
- El proceso del juicio político debe estar terminado para el 14 de marzo. Si ese día no están los diez votos o directamente no hubo votación, Ibarra vuelve a su puesto.
Aníbal Ibarra ya ha dicho que no renuncia, pero si resulta destituido y Telerman resuelve renunciar también (algo a lo que ya dijo que no), se entraría en acefalía. La ley 305 establece que el gobierno de la ciudad lo ejerce en ese caso el vicepresidente primero de la Legislatura, Santiago De Estrada, durante 120 días. Al cabo de ese tiempo, la propia Legislatura debe elegir de entre sus miembros a quien complete el mandato de Ibarra. En ningún caso habrá elecciones inmediatas ni a lo largo del año 2006, porque la Ley de Acefalía indica que el nuevo jefe de Gobierno debe elegirse conjuntamente con las más próximas elecciones previstas para la renovación de la Legislatura. Eso sería en 2007, justamente al final del mandato de Ibarra.