SOCIEDAD › ACUERDAN UN PROYECTO PARA VOLVER A LA FIGURA DEL “INFANTICIDIO” EN EL CóDIGO PENAL

El debate que abrió Romina Tejerina

El nuevo caso de una madre que supuestamente mató al hijo al nacer en Catamarca reavivó la polémica por el infanticidio. En la Cámara de Diputados ya hay un proyecto para reinstaurar esa figura que fue eliminada del Código Penal en 1994.

 Por Mariana Carbajal

El drama que envuelve a María Isabel Molina, la joven trabajadora golondrina de Catamarca detenida y acusada de “homicidio agravado por el vínculo”, por el asesinato de su bebé recién nacido, puso otra vez en primer plano la necesidad de reincorporar al Código Penal el infanticidio, una figura que existió en el país hasta fines de 1994 y que atenúa la pena a la mujer que mata a su hijo durante el nacimiento o luego, mientras se encuentra bajo la influencia del estado puerperal. Son casos aislados, con características muy especiales. Un proyecto de ley que avanza en ese sentido y fija una pena de seis meses a tres años de prisión obtuvo un amplio consenso en la Cámara de Diputados y está en condiciones de ser tratado en el recinto: promovido por legisladoras del oficialismo y de la Coalición Cívica, cuenta con el apoyo también de diputados socialistas, macristas y de partidos provinciales. Es más, en la sesión del 17 de diciembre estuvo incorporado en el temario del día, pero finalmente no llegó a votarse. Hoy la pena máxima prevista para este delito es de prisión perpetua.

“Son casos más necesitados de una urgente asistencia social, psicológica y a veces hasta psiquiátrica que de punición. Llevar estos casos trágicos a una pena de reclusión o de prisión perpetua me parece algo verdaderamente terrible”, es el argumento que sostiene el ministro de la Corte Suprema Raúl Zaffaroni, en su defensa de la vuelta del infanticidio al Código Penal.

“Es una deuda que tenemos. Se trabajó mucho en el proyecto el año pasado y hay acuerdo de todos los bloques para volver a incorporar la figura del infanticidio. Tomamos el caso de Romina Tejerina como testigo”, señaló ayer a Página/12 la kirchnerista Juliana Di Tulio, presidenta de la Comisión de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia. La tragedia de la muchacha jujeña, que fue condenada a 14 años de prisión, movilizó a las legisladoras del Frente para la Victoria Nora César y Diana Conti y de la CC, Fernanda Gil Lozano, a presentar proyectos que devolvieran el infanticidio al Código Penal. Antes que ellas, la justicialista Juliana Marino, hoy embajadora en Cuba, y la ex diputada socialista María Elena Barbagelata habían elaborado proyectos con el mismo objetivo, pero nunca llegaron a discutirse.

Tras la derogación del infanticidio, el delito se considera un homicidio agravado por el vínculo, figura para la cual el Código Penal establece una pena privativa de la libertad perpetua, a menos que se considere que están presentes circunstancias extraordinarias de atenuación: en esas situaciones la escala penal aplicable es de 8 a 25 años de cárcel. En los fundamentos de su proyecto, César y Conti señalaron su discrepancia con esa respuesta punitiva, a la que consideran “desmesurada” porque “violenta el principio de proporcionalidad que debe existir entre la pena aplicable y el reproche al autor por el delito cometido”.

“No estamos creando una figura nueva. Es de absoluta justicia que se apruebe esta ley. A las mujeres que comenten ese tipo de delitos hay que contenerlas. No podemos revictimizarlas. Suelen ser chicas en situaciones de extrema vulnerabilidad”, dijo César a Página/12.

Los proyectos que reincorporan la figura del infanticidio se discutieron y consensuaron en 2008 en las comisiones de Legislación Penal y de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, donde obtuvieron dictamen de mayoría. Fueron invitados a exponer sus posturas sobre el tema, entre otros expertos, el ministro de la Corte Suprema Raúl Zaffaroni, y el perito forense Mariano Castex, especialista en psiquiatría y psicología médica. Ambos apoyaron la iniciativa. Zaffaroni está a favor de la reincorporación de la figura del infanticidio hace ya varios años. Sostiene que es un delito muy raro en la ciudad de Buenos Aires, que por regla general ocurre en el interior del país. Y que es cometido por mujeres de muy escasa instrucción con antecedentes culturales de bastante aislamiento, algunos casos de debilidad mental superficial, muy escasa capacidad de comunicación, y que tienen partos en soledad, en baños, y muchas veces los productos van a dar a pozos ciegos.

El estado puerperal se presume y tiene criterio cronológico hasta la primera menstruación posterior al parto: se calcula que se extiende alrededor de cuarenta días. Se considera que bajo su influencia, la mujer que ha dado a luz puede sufrir –no todas lo padecen– ciertos trastornos psicológicos y por tanto su culpabilidad se encuentra reducida, explicó el forense Castex, en la Comisión de Legislación Penal.

El dictamen que está en condiciones de tratarse en el recinto lleva la firma de 29 diputados, entre ellos los kirchneristas Héctor Recalde, Carlos Kunkel, Claudia Bernazza y Alejandro Rossi además de Conti, Di Tulio y César. También lo apoyaron Marcela Rodríguez y Gil Lozano de la CC, las socialistas Silvia Augsburger y Laura Sesma, Mirta Pastoriza del Frente Cívico por Santiago del Estero y María Angélica Torrontegui, del puntano Frente Justicia, Unión y Libertad. En disidencia parcial firmó Juan Vega, de la CC, quien sostiene que hay que fijar un plazo máximo de 8 días posterior al parto para aplicar la figura para que no quede librado a la interpretación judicial ni pericial sobre el estado puerperal. En disidencia total se manifestó la ex Recrear Nora Ginzburg, vocera de los sectores más reaccionarios, y Hugo Acuña, del Movimiento Popular Neuquino.

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El caso de Romina Tejerina se convirtió en un símbolo para los reclamos del movimiento de mujeres.
Imagen: Infoto
 
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